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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE HACIENDA

Resolución 31-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 01/03/2017

VISTO el Expediente N° EX-2017-01152055-APN-DMEYN#MH, los Decretos Nros. 1.343 de fecha 30 de abril de 1974 y 1.840 de fecha 10 de octubre de 1986, sus modificatorios y complementarios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 1.840 de fecha 10 de octubre de 1986, sus modificatorios y complementarios, se establece la compensación por mayores gastos en que incurran los funcionarios que sean convocados para cumplir funciones de nivel político en el PODER EJECUTIVO NACIONAL y que tengan residencia permanente en el interior del país a una distancia superior a los CIEN KILÓMETROS (100 km) de la sede de sus funciones.

Que por el Decreto Nº 65 de fecha 24 de enero de 2017, se designó como Subsecretario de Presupuesto de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA, al Licenciado D. Alejandro GALLEGO (M.I. N° 22.189.314).

Que el mencionado funcionario ha acreditado su domicilio en la Ciudad de Mendoza, Provincia de MENDOZA, resultando procedente reconocer la compensación antes mencionada.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE HACIENDA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 1.343/74 y 1.840/86, sus modificatorios y complementarios.

Por ello,

EL MINISTRO
DE HACIENDA
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Dase por asignado, a partir del 20 de enero de 2017, el beneficio instituido por el Decreto Nº 1.840 de fecha 10 de octubre de 1986, sus modificatorios y complementarios, al Subsecretario de Presupuesto de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA, Licenciado D. Alejandro GALLEGO (M.I. N° 22.189.314).

ARTÍCULO 2° — Autorízase la liquidación y pago de la compensación asignada por el artículo precedente, mientras subsistan las presentes condiciones de residencia permanente y lugar habitual de desempeño de sus funciones, como así también la asignación de UN (1) pasaje semanal de ida y vuelta para el citado funcionario entre la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Ciudad de Mendoza, Provincia de MENDOZA.

ARTÍCULO 3° — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente será imputado con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes al MINISTERIO DE HACIENDA para el Ejercicio 2017.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Nicolas Dujovne.

e. 06/03/2017 N° 12240/17 v. 06/03/2017

Fecha de publicación 06/03/2017