Edición del
1 de Abril de 2026

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 6113/2016

Ref.: Circular OPRAC 1 - 860 LISOL 1 – 704. Financiamiento al sector público no financiero. Programa de Títulos de la Deuda Pública de la Provincia de Entre Ríos.

07/12/2016

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución que, en su parte pertinente, establece:
“1. No formular observaciones, en el marco de la restricción contenida en el punto 2.1. de las normas sobre “Financiamiento al sector público no financiero”, a que las entidades financieras puedan adquirir títulos públicos provinciales a ser emitidos por la Provincia de Entre Ríos por hasta la suma de valor nominal $ 600.000.000, o su equivalente en dólares estadounidenses, —en el marco del Programa “Títulos de la Deuda Pública Provincial” creado por el Decreto Provincial N° 3.568/16 y modificado por el Decreto Provincial N° 3.686/16— y de acuerdo con las condiciones establecidas en el artículo 1° de la Resolución N° 256/16 de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas de la Nación, sin perjuicio de la observancia por parte de las entidades financieras intervinientes de las disposiciones en materia de “Fraccionamiento del riesgo crediticio”.
Las entidades financieras no podrán aplicar los recursos en moneda extranjera obtenidos de sus pasivos por intermediación financiera a la suscripción de los citados títulos de deuda cuanto estén denominados en moneda extranjera, de conformidad con lo previsto en las normas sobre “Política de crédito”.”
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Matías A. Gutiérrez Girault, Gerente de Emisión de Normas. — Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas.

e. 08/03/2017 N° 12033/17 v. 08/03/2017

Fecha de publicación 08/03/2017