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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 1261-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 03/03/2017

VISTO el Expediente Nº 5.766/1993, del Registro de la ex COMISIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y

CONSIDERANDO

Que por el Artículo 1° del Decreto N° 267, de fecha 29 de diciembre de 2015, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA el 4 de enero de 2016, se crea como ente autárquico y descentralizado, en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM).

Que la citada normativa, en su Artículo 23, establece que el ENACOM se considera legalmente constituido con el nombramiento de su presidente, y de los tres primeros directores.

Que con fecha 5 de enero de 2016, se celebró la primera reunión de Directorio del ENACOM, constituida con el quórum suficiente, conforme a la designación de autoridades efectuada por el Decreto Nº 7/16.

Que mediante Resolución Nº 2.643, de fecha 17 de mayo de 1993, dictada por la ex COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, organismo descentralizado de la ex SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y COMUNICACIONES, entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, se le otorgó a la empresa FONO - MÓVIL SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-65109540-5), licencia para la prestación del Servicio Radioeléctrico de Concentración de Enlaces.

Que la licencia que se trata, fue otorgada en los términos de las Resoluciones Nos. 477 y 996, de fechas 17 de febrero y 12 de marzo respectivamente, ambas dictadas en el año 1993 por la ex COMISIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, organismo descentralizado de la ex SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y COMUNICACIONES, entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.

Que con fecha 19 de mayo de 2015, el prestador solicitó la baja de la licencia oportunamente otorgada.

Que cumplidos los requisitos correspondientes, y recabada la intervención del órgano jurídico respectivo, este se expide en el sentido que se proceda a la baja de dicha licencia.

Que el servicio jurídico permanente del organismo, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida, se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27.078, el Decreto Nº 267,de fecha 29 de diciembre de 2015 y mediante la suscripción del Acta Nº 17 de fecha 17 de febrero de 2017.

Por ello,

EL DIRECTORIO
DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:

ARTÍCULO 1º — CANCÉLASE la licencia otorgada a la empresa FONO - MÓVIL SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-65109540-5), por Resolución N° 2.643, de fecha 17 de mayo de 1993, dictada por la ex COMISIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, organismo descentralizado de la ex SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y COMUNICACIONES, entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, para la prestación del Servicio Radioeléctrico de Concentración de Enlaces.

ARTÍCULO 2º — La medida adoptada tendrá vigencia a partir del 19 de mayo de 2015.

ARTÍCULO 3° — Notifíquese al interesado, conforme a lo establecido en el Artículo 11, de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549, y de conformidad con los términos y alcances previstos en el Artículo 40 y concordantes, del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto 1.759/72 T.O. 1991.

ARTÍCULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Miguel Angel De Godoy.

e. 10/03/2017 N° 13699/17 v. 10/03/2017

Fecha de publicación 10/03/2017