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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 1253-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 03/03/2017

VISTO el Expediente, Letra E, Nº 2.873/2001 del Registro de la ex COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto Nº 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes Nros. 27.078 y 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y de la ex Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Que mediante Resolución Nº 395 de fecha 10 de octubre de 2001, dictada por la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, se le otorgó a la empresa MULTICANAL SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-65167731-5) Licencia de Servicios de Telecomunicaciones y el registro de los Servicios de Transmisión de Datos y Valor Agregado.

Que la Licencia que se trata fue otorgada en los términos del Reglamento de Licencias para Servicios de Telecomunicaciones aprobado por Artículo 1° del Decreto N° 764 de fecha 3 de septiembre de 2000.

Que con fecha 14 de abril de 2016, se recibe la presentación del prestador, mediante la cual solicita la cancelación de la licencia oportunamente otorgada.

Que se han cumplido los requisitos correspondientes para la baja de la Licencia citada.

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 267/2015 y mediante la suscripción del Acta Nº 17 de fecha 17 de febrero de 2017.

Por ello,

EL DIRECTORIO
DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — CANCÉLASE la Licencia Única de Servicios de Telecomunicaciones, y el registro de los Servicios de Valor Agregado y Transmisión de Datos otorgados a la empresa MULTICANAL SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-65167731-5) por Resolución Nº 395 de fecha 10 de octubre de 2001, dictada por la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

ARTÍCULO 2º — La medida adoptada en el Artículo 1°, tendrá vigencia a partir del 14 de abril de 2016.

ARTÍCULO 3° — NOTIFÍQUESE al interesado conforme a lo establecido en el Artículo 11 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y de conformidad con los términos y alcances previstos en el Artículo 40 y concordantes del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto Nº 1.759/72 T.O. 1991.

ARTÍCULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Miguel Angel De Godoy.

e. 10/03/2017 N° 13694/17 v. 10/03/2017

Fecha de publicación 10/03/2017