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3 de Mayo de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS DIRECCIÓN GESTIÓN DE LOS RECURSOS Y PRESUPUESTO

Resolución 5/2017

Asunto: Modificación de Resolución N° 51/2016 (DI GERP).

Buenos Aires, 02/02/2017

VISTO la Actuación N° 18042-2024-2016, la Resolución N° 51/2016 (DI GERP) y

CONSIDERANDO

Que en fecha 16 de agosto de 2016 se dictó la Resolución N° 51/2016 (DI GERP) mediante la cual se aprobó la venta en pública subasta de los lotes 3, 4, 23, 24, 25, 27, 31, 32, 37, 39, 40, 42, y 43, correspondientes al Remate N° 1785 llevado a cabo el día 15/07/2016, que fueran comercializados por intermedio del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, atento lo dispuesto por el artículo 427 del Código Aduanero.

Que cabe destacar que mediante la Actuación N° 18042-2024-2016, la Dirección Gestión de los Recursos y Presupuesto presta su conformidad para proceder a la devolución del total abonado por la mercadería comprendida por el lote 40 de dicho remate, toda vez que la misma debe contar con certificado de Seguridad Eléctrica para su retiro y el organismo competente exige requisitos a los cuales no fue posible dar cumplimiento.

Que el lote 40 fue incluido en el ARTÍCULO 1° del citado decisorio.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Disposición AFIP N° 79/2016.

Por ello,

EL SUPERVISOR Y COORDINADOR
DE LA DIRECCION GESTION DE LOS RECURSOS Y PRESUPUESTO
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — MODIFICAR el ARTÍCULO 1° de la Resolución N° 51/2016 (DI GERP), que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 1°: - Aprobar la venta de los LOTES VENDIDOS: lotes 3, 4, 23, 24, 25, 27, 31, 32, 37, 39, 42, y 43 comercializados en pública subasta en el SALÓN NUESTRA SEÑORA DE LOS BUENOS AYRES, sito en Esmeralda 660, 3er. Piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 15 de Julio de 2016, de acuerdo a la nómina que acompaña a la presente como Anexo I.”

ARTÍCULO 2° — Proceder a la anulación de la venta de los lotes 19, 40, 51, 52, 53 y 54 por lo indicado en el considerando y atento lo dispuesto por el Art. 424 del C.A.

ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese a la entidad rematadora, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación. Cumplido, pase a la División Coordinación de Secuestros y Rezagos para su conocimiento y posterior archivo. — Mariano Alberto Ferreiros.

ANEXO I RESOLUCIÓN 5/2017 (DI GERP)
NÓMINA DE COMPRADORES


Lote
Valor BaseValor VentaCompradorCUIT
3$ 28373.04$ 28373.04RENDE, CARLOS ERNESTO20174694371
4$ 28373.04 $ 30000.00 INI S.A.30652569567
23$ 69372.69 $ 71000.00 OXIGENO MARKETING S.R.L.30708461756
24 $ 45180.00 $ 47000.00 FERREIRA, MARIO GREGORIO20126238151
25 $ 1123.20 $ 1200.00 FERREIRA, MARIO GREGORIO20126238151
27 $ 5421.60 $ 9000.00 GONZALEZ, EDUARDO GUSTAVO 20258241593
31$ 2846.34 $ 17000.00 SCALA, ADRIÁN MARCELO20234633113
32$ 17770.80 $ 94000.00 OXIGENO MARKETING S.R.L.30708461756
37 $ 30120.00 $ 32000.00 FERREIRA, MARIO GREGORIO20126238151
39 $ 3012.00 $ 3500.00 BREGAR ARGENTINA S.A.30641094354
42 $ 37650.00 $ 40000.00 BREGAR ARGENTINA S.A.30641094354
43 $ 2334.30 $ 3000.00 FERREIRA, MARIO GREGORIO20126238151

e. 10/03/2017 N° 13447/17 v. 10/03/2017

Fecha de publicación 10/03/2017