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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA

Decreto 157/2017

Designación.

Ciudad de Buenos Aires, 09/03/2017

VISTO la Ley N° 27.341 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017, los Decretos Nros. 518 del 9 de abril de 2014; 227 del 20 de enero de 2016; y 33 del 12 de enero de 2017, la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE LA DROGADICCIÓN Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN Nº 200 del 9 de mayo de 2014; la Resolución Conjunta de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 262 y de la SECRETARÍA DE HACIENDA del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS Nº 148 del 3 de julio de 2014, lo propuesto por la entonces SECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE LA DROGADICCIÓN Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 7° de la Ley N° 27.341 se estableció que no se podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad, sin la previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el artículo 10 de la mencionada Ley se dispuso que las facultades otorgadas por la misma al Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Que por el Decreto Nº 518/14 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la ex SECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE LA DROGADICCIÓN Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que por el Decreto N° 33 de fecha 12 de enero de 2017 se sustituyó la denominación de la ex SECRETARÍA PARA LA PROGRAMACIÓN DE LA PREVENCIÓN DE LA DROGADICCIÓN Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN por la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que por la Resolución de la entonces SE.DRO.NAR. Nº 200/14, se aprobaron las aperturas inferiores de la estructura organizativa y las Coordinaciones de la citada ex Secretaría, entre las que se encuentra, la Coordinación de Redes Preventivas Comunitarias.

Que por la Resolución Conjunta de la entonces SGyCA-JGM Nº 262/14 – SH - ex MEyFP N° 148/14 se incorporaron, homologaron y reasignaron las unidades pertenecientes a la referida ex Secretaría en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas.

Que a fin de asegurar el normal desenvolvimiento operativo de la Coordinación citada que integra la estructura organizativa de la entonces SECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE LA DROGADICCIÓN Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO actual SECRETARIA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, resulta necesario disponer la designación con carácter transitorio del agente Diego Javier HELGUERA, (D.N.I. N° 20.273.029), en el cargo de Coordinador de Redes Preventivas Comunitarias de la Dirección Nacional de Prevención de las Adicciones dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN, CAPACITACIÓN Y ASISTENCIA DE LAS ADICCIONES, Nivel B, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel IV, a partir del 1° de junio de 2016.

Que la cobertura del cargo de que se trata no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 2° del Decreto N° 227/16, el señor Presidente de la Nación resulta competente para el dictado de la presente medida, ya que la entonces SECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE LA DROGADICCIÓN Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO actual SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA constituye una de las jurisdicciones dependientes de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de la entonces SECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE LA DROGADICCIÓN Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, los artículos 7° y 10 de la Ley N° 27.341 y lo dispuesto por el artículo 2° del Decreto N° 227/16.

Por ello,

EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:

ARTÍCULO 1° — Desígnase a partir del 1° de junio de 2016 con carácter transitorio y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado del presente decreto, al agente Diego Javier HELGUERA (D.N.I. N° 20.273.029), en el cargo de Coordinador de Redes Preventivas Comunitarias entonces dependiente de la Dirección Nacional de Prevención de las Adicciones de la ex SECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE LA DROGADICCIÓN Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO actualmente dependiente de la Dirección Nacional de Prevención en Materia de Drogas de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Nivel B, Grado 0, autorizándose el pago de la Función Ejecutiva Nivel IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.341 y a lo establecido por el artículo 14 del referido Convenio.

ARTÍCULO 2° — El cargo involucrado en el artículo 1° del presente decreto, deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N° 2098/08, y sus modificatorios dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.

ARTÍCULO 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 20 - 11 – SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña.

Fecha de publicación 10/03/2017