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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución 161/2017

ACTA N° 1468 Expediente ENRE N° 44.724/2015

Buenos Aires, 09/03/2017

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad el pedido de Acceso y Ampliación a la Capacidad de Transporte Existente solicitado por PARQUES EÓLICOS PAMPEANOS SOCIEDAD ANÓNIMA (PEPSA) a través de la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSBA S.A.), para en el ingreso del PARQUE EÓLICO VIENTOS DEL SECANO (PEVS) en el nivel de tensión de 132 kV con UN (1) módulo de potencia de 50 MW en la ET Mayor Buratovich, con una configuración de 132/34,5/13,8 kV, 2x30/30/20 MVA, con doble barra en U de 132 kV y UNA (1) playa de 33 kV con CINCO (5) celdas de salida, en las cercanías de la Localidad de MAYOR BURATOVICH, Provincia de BUENOS AIRES. 2.- La publicación dispuesta en el Artículo precedente, deberá efectuarse por CINCO (5) días en los portales de internet del ENRE y de la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) y por DOS (2) días en un diario de amplia difusión local, otorgando un plazo de DIEZ (10) días para que, quien considere que la obra pueda afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el ENRE o, en cuanto al Acceso solicitado, presente un proyecto alternativo o su oposición u observaciones al mismo. 3.- Disponer que en caso de registrarse oposición común a varios usuarios o —respecto del Acceso— la presentación de proyectos alternativos u observaciones al mismo, se convocará a Audiencia Pública para recibir las oposiciones a fin de permitir al solicitante del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública contestar las mismas y exponer sus argumentos. De no haber recibido presentación fundada alguna, vencido el plazo, se considerará emitido el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública y autorizado al Acceso solicitado. 4.- TRANSBA S.A. y PEPSA deberán firmar el correspondiente Convenio de Conexión para acordar las condiciones en que se realizará la prestación de la Función Técnica de Transporte, el que deberán remitir a este Ente. 5.- PEPSA deberá cumplir con los requerimientos técnicos de la Transportista y CAMMESA y aquéllos que sean requeridos al momento de hacerse efectivo el Acceso solicitado. 6.- Derogar la Resolución ENRE N° 173/2015 que autorizó el acceso de PEPSA al MEM a través del PAFTT EDES S.A. 7. Notifíquese a PEPSA, a TRANSBA S.A., a CAMMESA y al ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (OCEBA). Firmado: Vocal Tercero Ing. Ricardo Sericano - Vocal Primero Ing. Carlos Manuel Bastos - Vicepresidente Dra. Marta Roscardi - Presidente Ing. Ricardo Martínez Leone .
Ma. Graciela Andina Silva de Alfano, Secretaria del Directorio, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.

e. 13/03/2017 N° 14518/17 v. 13/03/2017

Fecha de publicación 13/03/2017