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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Resolución 1567-E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 19/10/2016

VISTO el Expediente Nº E-592-2016 del Registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, los Decretos Nros. 1023 de fecha 13 de Agosto de 2001 y 893 de fecha 07 de Junio de 2012, y sus respectivos modificatorios y complementarios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO tramita la Licitación Pública N° 24/2016, autorizada por Resolución MDS Nº 224 de fecha 16 de Marzo de 2016, enmarcada en los alcances de los artículos 24, 25 y 26 inciso a) apartado 1 del Decreto Nº 1023/01, sus modificatorios y complementarios, reglamentado por los artículos 15, 34 inciso c) y 35 del Anexo al Decreto Nº 893/12 y sus modificatorios; tendiente a lograr la adquisición de sillas y mesas, indispensables para el mantenimiento permanente del stock necesario para responder satisfactoriamente, frente a situaciones de emergencias climáticas y para cumplir con las demandas de personas en situación de vulnerabilidad social, que se hallan en diferentes regiones de nuestro país, en el marco del Programa de Ayudas Urgentes, solicitado por la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA.

Que conforme el acta de apertura de fecha 21 de Junio de 2016, en la Licitación Pública N° 24/2016, se presentaron las firmas: EDUCANDO S.R.L. (oferta 1), IDEA S.A. (oferta 2), MENÉNDEZ LISANDRO ALBERTO (oferta 3), MELENZANE S.A. (oferta 4), TAMECAS S.R.L. (oferta 5), ESTABLECIMIENTOS CAPORASO S.A.C.I.F.I Y A. (oferta 6) y CEC S.A. (oferta 7).

Que obra Nota SIGEN N° 3184/2016 - GATyPE de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, O.T. N° 313/2016, indicando los Valores de Referencia para los renglones 1, 2, 3, 4, 5 y 6 en la Licitación que aquí tramita, acorde lo normado por el Anexo II de la Resolución SGN Nº 122/2010.

Que la Comisión Evaluadora de este Ministerio en función de los análisis técnicos preliminares y la documentación obrante en el expediente respectivo suscribió el Dictamen de Evaluación N° 69/2016, sugiriendo las ofertas a desestimar y estableciendo el Orden de Mérito correspondiente.

Que se han efectuado las notificaciones pertinentes del Dictamen de Evaluación Nº 69/2016 y se ha remitido para su difusión en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES según lo prescripto en los artículos 56 y 92 del Anexo al Decreto Nº 893/12 y modificatorios y en el Boletín Oficial.

Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de difusión establecidos por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su Disposición ONC Nº 69/2014 y su modificatoria Nº 79/2014 y conforme lo reglamentado por la Comunicación General Nº 14, de fecha 01 de Septiembre de 2014.

Que se efectuaron impugnaciones al Dictamen de Evaluación N° 69/2016.

Que la firma EDUCANDO S.R.L. (oferta 1) ha presentado impugnación al Dictamen de Evaluación N° 69/2016.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, mediante Dictamen Jurídico N° IF-2016-00764902-APN -DGAJ#MDS, manifiesta que desde el punto de vista formal, la presentación de la firma EDUCANDO S.R.L. (oferta 1) resulta procedente, toda vez que la firma fue notificada del Dictamen de Evaluación 69/2016 con fecha 27 de julio de 2016 y efectuó su presentación con fecha 02 de agosto de 2016, de conformidad con lo establecido por el artículo 93 del Anexo al Decreto 893/2012 y sus modificatorios.

Que la firma EDUCANDO S.R.L. (oferta 1) afirma que la documental aportada por las empresas TAMECAS S.R.L. (oferta 5), MENÉNDEZ LISANDRO ALBERTO (oferta 3), ESTABLECIMIENTOS CAPORASO S.A.C.I.F.I.Y A. (oferta 6) Y MELENZANE S.A. (oferta 4), no reúnen las características técnicas exigidas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Que, en relación a los renglones 1, 2 y 3, señala que las empresas mencionadas utilizan diferentes diámetros de caño en la construcción de sillas, observando que el caño que las mismas ofrecen para el respaldo de la silla es de menor diámetro que el resto de la estructura.

Que, asimismo, entiende que, respecto los renglones 4, 5 y 6, resulta imposible comprobar, a través de las fotografías que acompañan las ofertas de las firmas TAMECAS S.R.L. (oferta 5), MENENDEZ LISANDRO ALBERTO (oferta 3), ESTABLECIMIENTOS CAPORASO S.A.C.I.F.I.YA. (oferta 6) Y MELENZANE S.A. (oferta 4), que los productos sean desarmables, conforme lo solicita el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Que teniendo en cuenta que se trata de cuestiones de carácter técnico, corresponde tome intervención la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA, en su carácter de área técnica.

Que, como consecuencia, la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL, mediante Providencia N° PV-2016-00886331-APN -SCYMI#MDS, procede a ratificar lo expuesto en el Informe Técnico realizado por la Subsecretaría de Coordinación, Monitoreo y Logística mediante Providencia N° 1874 de fecha 15 de julio de 2016.

Que atento lo expuesto, la Dirección General de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen Jurídico N° IF-2016-01369125-APN -DGAJ#MDS entiende que no corresponde hacer lugar a la impugnación efectuada por la firma EDUCANDO S.R.L. (oferta 1) contra el Dictamen de Evaluación N° 69/2016.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente Resolución se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/01 y modificatorios, reglamentado por el Decreto N° 893/12 y modificatorios, y en virtud de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/07 y modificatorios, la Ley N° 25.506, el Decreto N° 434/16 y sus normas complementarias, el Decreto N° 561/16 y sus normas complementarias y los Decretos N° 357/02 y sus normas modificatorias y complementarias y N° 08 de fecha 10 de Diciembre de 2015.

Por ello,

LA MINISTRA
DE DESARROLLO SOCIAL
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase la Licitación Pública N° 24/2016, autorizada por Resolución MDS Nº 224 de fecha 16 de Marzo de 2016, enmarcada en los alcances de los artículos 24, 25 y 26 inciso a) apartado 1 del Decreto Nº 1023/01, sus modificatorios y complementarios, reglamentado por los artículos 15, 34 inciso c) y 35 del Anexo al Decreto Nº 893/12 y sus modificatorios; tendiente a lograr la adquisición de sillas y mesas, indispensables para el mantenimiento permanente del stock necesario para responder satisfactoriamente, frente a situaciones de emergencias climáticas y para cumplir con las demandas de personas en situación de vulnerabilidad social, que se hallan en diferentes regiones de nuestro país, en el marco del Programa de Ayudas Urgentes, solicitado por la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA.

ARTÍCULO 2º — Desestímanse en la Licitación Pública N° 24/2016 las ofertas presentadas por las firmas IDEA S.A. (oferta 2) y CEC S.A. (oferta 7), acorde el Dictamen de Evaluación Nº 69/2016.

ARTÍCULO 3º — Adjudícase en la Licitación Pública Nº 24/2016, acorde lo expuesto en el Dictamen de Evaluación Nº 69/2016 a la firma, renglones, cantidades y montos consignados en el Anexo N° IF-2016-01458646-APN -DPAT#MDS, cuyo monto total asciende a la suma de PESOS OCHO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($8.993.250.-).

ARTÍCULO 4º — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la Orden de Compra correspondiente.

ARTÍCULO 5º — Atiéndase la erogación que asciende a la suma total de PESOS OCHO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($8.993.250.-), conforme surge del Anexo IF-2016-01458646-APN -DPAT#MDS, con cargo a los créditos específicos de este Ministerio para el presente ejercicio.

ARTÍCULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carolina Stanley.

e. 13/03/2017 N° 14443/17 v. 13/03/2017

Fecha de publicación 13/03/2017