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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 1594-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 08/03/2017

VISTO el Expediente Nº 16.689/16 del registro del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES y,

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las Leyes Nº 27.078 y 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que por el Artículo 154 de la Ley Nº 26.522, se transfirió al ámbito de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, el INSTITUTO SUPERIOR DE ENSEÑANZA RADIOFÓNICA (ISER).

Que según lo establecido por el Artículo 155 del cuerpo legal citado, la habilitación para actuar como locutor, operador y demás funciones técnicas que requieren autorizaciones expresas de la autoridad de aplicación, quedará sujeta a la obtención del título expedido por el INSTITUTO SUPERIOR DE ENSEÑANZA RADIOFÓNICA (ISER) y su posterior registro ante la autoridad de aplicación.

Que el INSTITUTO SUPERIOR DE ENSEÑANZA RADIOFÓNICA (ISER) ha solicitado que se otorguen las habilitaciones en la categoría de Guionista de Radio y Televisión a los egresados del INSTITUTO SUPERIOR DE ENSEÑANZA RADIOFÓNICA (ISER) en razón de haber cumplimentado los recaudos establecidos en la Resolución N° 1557-COMFER/01.

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 267/2015, por el Artículo 12, incisos 21) de la Ley Nº 26.522 y lo acordado en el Acta N° 17, de fecha 17 de febrero de 2017.

Por ello,

EL DIRECTORIO
DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — OTÓRGANSE las habilitaciones en la categoría de Guionista de Radio y Televisión, a las personas que se detallan en el Anexo IF-2017-03339487-APN-ENACOM#MCO del GENERADOR ELECTRONICO DE DOCUMENTOS OFICIALES, que forma parte integrante, en un todo, de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2º — Regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — Miguel Angel De Godoy.

ANEXO
GUIONISTA DE RADIO Y TELEVISIÓN


APELLIDO Y NOMBRE
N° DE DOCUMENTON°HAB.
ACOSTA, EstefaníaD.N.I. 30.284.994176
ALVAREZ ESPORTA, LucíaD.N.I. 38.631.712177
BERTOZZI, AgostinaD.N.I. 37.905.959178
CASTILLO, RosinaD.N.I. 34.020.099179
CEPEDA MENDOZA, Diego HernanD.N.I. 32.847.231180
GALEANO, Juan ManuelD.N.I. 34.040.479181
GÓMEZ, Yanina ElizabethD.N.I. 39.161.797182
MOSCOSO, María FlorenciaD.N.I. 35.232.375183
PLANELLA, MarianaD.N.I. 38.464.254184
RODRIGUEZ ESQUIVEL, FernandoD.N.I. 27.284.752185
ROLÓN, MelinaD.N.I. 39.330.883186
SOLODUJIN, Hernán MartínD.N.I. 31.348.792187


IF-2017-03339487-APN-ENACOM#MCO

e. 14/03/2017 N° 14592/17 v. 14/03/2017

Fecha de publicación 14/03/2017