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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 1584-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 08/03/2017

VISTO el Expediente N° 175/2017 del Registro del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto Nº 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las Leyes Nº 27.078 y Nº 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que mediante el Decreto Nº 515/89 se autorizó a la MUNICIPALIDAD DE LA PAZ la instalación y funcionamiento de un servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, en el canal 201, frecuencia 88.1 MHz., con categoría G, en la ciudad de LA PAZ, provincia de MENDOZA.

Que resulta procedente señalar que la autorizada ha presentado la documentación técnica definitiva del servicio, habiendo dado debido cumplimiento a las prescripciones contempladas por la Resolución Nº 2423- SC/99, modificada por su similar N° 1619-SC/99, modificada esta última por Resolución Nº 407-SC/00.

Que, efectivamente, del informe identificado como TRECNC 12130/15, de fecha 20 de mayo de 2016, se desprende que, analizado el Certificado de Inspección Técnica, el mismo resulta de aceptación.

Que la autorizada deberá cumplimentar lo dispuesto por la Resolución Nº 3690-CNC/04, respecto de la presentación de mediciones de radiaciones no ionizantes.

Que se asignó para el servicio en cuestión, la señal distintiva LRJ 305.

Que consecuentemente, deviene procedente dictar el acto administrativo que habilite el servicio en cuestión, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 84 de la Ley N° 26.522, y asigne la señal distintiva.

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los Artículos 12, inciso 6), y 84 de la Ley Nº 26.522 y lo acordado en el Acta de Directorio Nº 17, de fecha 17 de febrero de 2017.

Por ello,

EL DIRECTORIO
DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:

ARTÍCULO 1º — HABILÍTANSE las instalaciones y dénse inicio a las emisiones regulares correspondientes al servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia cuya autorización fuera concedida por Decreto Nº 515/89 a la MUNICIPALIDAD DE LA PAZ, para operar en la frecuencia 88.1 MHz., canal 201, con categoría G, cuyos estudios y planta transmisora se encuentran emplazados en el domicilio sito en la calle Belgrano esquina Laureano Caligniana (centro cívico), de la ciudad de LA PAZ, provincia de MENDOZA, correspondiendo las coordenadas geográficas Latitud Sur: 33º 27´ 38´´ y Longitud Oeste: 67º 33´ 09´´.

ARTÍCULO 2º — Asígnase al servicio mencionado en el Artículo precedente, la señal distintiva LRJ 305.

ARTÍCULO 3° — Establécese que la autorizada deberá dar cumplimiento a lo dispuesto por la Resolución Nº 3690-CNC/04.

ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — Miguel Angel De Godoy.

e. 14/03/2017 N° 14406/17 v. 14/03/2017

Fecha de publicación 14/03/2017