BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 6186/2017
Ref.: Circular OPRAC 1 - 873. LISOL 1 - 722. Financiamiento al sector público no financiero. “Programa de Emisión de Letras del Tesoro de la Provincia del Chubut.
17/02/2017
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:
“- No formular observaciones, en el marco de la restricción contenida en el punto 2.1. de las normas sobre “Financiamiento al sector público no financiero”, a que las entidades financieras puedan adquirir Letras del Tesoro a ser emitidas por la Provincia del Chubut por hasta la suma en circulación de valor nominal pesos equivalentes a U$S 188.126.335,79 al tipo de cambio anterior al día de la licitación, en el marco del “Programa de Emisión de Letras del Tesoro de la Provincia del Chubut” —creado por Ley Provincial II N° 145— y de acuerdo con las condiciones establecidas en la Resolución N° 17/17 de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda de la Nación, sin perjuicio de la observancia por parte de las entidades financieras intervinientes de las disposiciones en materia de “Fraccionamiento del riesgo crediticio”.
Las entidades financieras no podrán aplicar los recursos en moneda extranjera obtenidos de sus pasivos por intermediación financiera a la suscripción de los citados títulos de deuda denominados en moneda extranjera, de conformidad con lo previsto en las normas sobre “Política de crédito.”
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Matías A. Gutiérrez Girault, Gerente de Emisión de Normas. — Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas.
e. 16/03/2017 N° 14231/17 v. 16/03/2017
Fecha de publicación 16/03/2017