Edición del
23 de Junio de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES

Decisión Administrativa 208/2017

Desígnase Director de Educación de Jóvenes y Adultos.

Ciudad de Buenos Aires, 27/03/2017

VISTO el Expediente N° 9.741/16 del Registro del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, la Ley Nº 27.341, el Decreto N° 227 del 20 de enero de 2016, la Decisión Administrativa Nº 495 del 18 de mayo de 2016 y la Resolución Nº 669 del 23 de junio de 2016 de la citada Cartera Ministerial, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 7° de la Ley N° 27.341 se estableció que no se podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad, sin la previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que mediante el artículo 1º del Decreto Nº 227/16 se dispuso que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponda a cargos de la dotación de su planta permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspondiente a los cargos vacantes y financiados con la correspondiente partida presupuestaria de conformidad a las estructuras jurisdiccionales aprobadas será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que por la Decisión Administrativa Nº 495 de fecha 18 de mayo de 2016 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES.

Que por la Resolución Nº 669 de fecha 23 de junio de 2016 del mencionado Ministerio se aprobó la estructura organizativa de segundo nivel operativo y se incorporación, ratificaron, homologaron y derogaron del Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes al MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES.

Que se encuentra vacante el cargo Nivel B con Función Ejecutiva Nivel III de Director de Educación de Jóvenes y Adultos dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN EDUCATIVA de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y POLÍTICAS SOCIOEDUCATIVAS de la SECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA y en virtud de los objetivos, tareas asignadas y naturaleza de las funciones, resulta necesario proceder a su cobertura transitoria, exceptuándolo a tal efecto de lo establecido en el artículo 7º de la Ley Nº 27.341.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes de los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 7º de la Ley Nº 27. 341 y 1° del Decreto N° 227/16.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase con carácter transitorio, a partir del 5 de julio de 2016 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida, en el cargo de Director de Educación de Jóvenes y Adultos - Nivel B, Grado 0 con Función Ejecutiva Nivel III - dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN EDUCATIVA de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y POLÍTICAS SOCIOEDUCATIVAS de la SECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES al Licenciado Luis Ignacio RIGAL (D.N.I. Nº 21.141.618), autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098/08 y con carácter de excepción a lo establecido en el artículo 7º de la Ley Nº 27.341.

ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal, homologado por el Decreto N° 2.098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de este acto.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión administrativa será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 70 – MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Esteban José Bullrich.

Fecha de publicación 28/03/2017