Edición del
13 de Mayo de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES DIRECCIÓN NACIONAL DE AUTORIZACIONES Y REGISTROS TIC

Disposición 16-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 23/03/2017

VISTO el Expediente N° 3293/2017 del Registro del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, el Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1.759/72 T.O. 1.991, la Disposición DI-2017-2-APN-DNAYRT#ENACOM de fecha 21 de marzo de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Disposición DI-2017-2-APN-DNAYRT#ENACOM de fecha 21 de marzo de 2017 se otorgaron las inscripciones y renovaciones de inscripciones en el Registro de Actividades y Materiales de Telecomunicaciones (RAMATEL).

Que se ha detectado la comisión de un error material al transcribir los números registrados en el Generador Electrónico de Documentos Oficiales de los anexos referidos en sus artículos 1º, 2º, 3º y 4º que forman parte integrante de dicha Disposición, por lo que corresponde su rectificación conforme lo previsto en el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1.759/72 T.O. 1.991.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por RESOL-2017-1630-APN-ENACOM#MCO de fecha 09 de marzo de 2017 y lo acordado en el Acta de Directorio Nº 17 de fecha 17 de febrero de 2017 del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES y en los términos del artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1.759/72 T.O. 1.991.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL
DE AUTORIZACIONES Y REGISTROS TIC
DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- RECTIFÍCASE el texto del Artículo 1º de la Disposición DI-2017-2-APN-DNAYRT#ENACOM de fecha 21 de marzo de 2017, del siguiente modo, donde dice “DI-2017-03890646-APN-ENACOM#MCO” debe leerse “DI-2017-03890646-APN-DNAYRT#ENACOM”.

ARTÍCULO 2º.- RECTIFÍCASE el texto del Artículo 2º de la Disposición DI-2017-2-APN-DNAYRT#ENACOM de fecha 21 de marzo de 2017, del siguiente modo, donde dice “DI-2017-03890626-APN-APN-ENACOM#MCO” debe leerse “DI-2017-03890626-APN-DNAYRT#ENACOM”.

ARTÍCULO 3º.- RECTIFÍCASE el texto del Artículo 3º de la Disposición DI-2017-2-APN-DNAYRT#ENACOM de fecha 21 de marzo de 2017, del siguiente modo, donde dice “DI-2017-03862154-APN-ENACOM#MCO” debe leerse “DI-2017-03862154-APN-DNAYRT#ENACOM”.

ARTÍCULO 4º.- RECTIFÍCASE el texto del Artículo 4º de la Disposición DI-2017-2-APN-DNAYRT#ENACOM de fecha 21 de marzo de 2017, del siguiente modo, donde dice “DI-2017-03862011-APN-ENACOM#MCO” debe leerse “DI-2017-03862011-APN-DNAYRT#ENACOM”.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Jose Luis Sonsino.

e. 29/03/2017 N° 18745/17 v. 29/03/2017

Fecha de publicación 29/03/2017