ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES DIRECCIÓN NACIONAL DE AUTORIZACIONES Y REGISTROS TIC
Disposición 1-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 21/03/2017
VISTO el Expediente Nº 4104/2017 del registro del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, los Expedientes Nº 5838/2011, 8526/2013, 11552/2007, 60/2011, 1259/2011, 5057/2013, 7040/2013, 1385/2014, 1453/2014 del registro de la ex COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES y los Expedientes N° 3211/2017, 3563/2017, 3572/2017, 3729/2017, 3791/2017, 3809/2017, 3852/2017, 3853/2017, 3856/2017, 3864/2017, 2345/2017 del registro del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes Nº 27.078 y Nº 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.
Que mediante Resolución Nº 729 de fecha 24 de diciembre de 1980 del registro de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES y modificatoria, se ratificó la creación del Registro de Actividades y Materiales de Telecomunicaciones (RAMATEL) y se aprobó su Reglamento.
Que mediante Resolución Nº 784 de fecha 21 de noviembre de 1987 del registro de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, se incluyó en el Registro de Actividades y Materiales de Telecomunicaciones (RAMATEL) la codificación de equipos de telecomunicaciones que a la fecha no cuentan con normas técnicas.
Que en los expedientes mencionados en el Visto de la presente, los peticionantes han solicitado el otorgamiento y renovación de las respectivas inscripciones en el Registro de Actividades y Materiales de Telecomunicaciones (RAMATEL).
Que los recurrentes han cumplimentado la totalidad de los requisitos establecidos en la normativa vigente.
Que los Informes vinculados a las solicitudes realizadas por los expedientes señalados, indican que las presentaciones se ajustan a lo dispuesto en las Resoluciones mencionadas en el segundo y en el tercer considerando de la presente.
Que el Comité de Consulta, al analizar los informes elaborados, conceptuó procedente conceder las inscripciones y renovaciones solicitadas conforme se documenta en el ACTA N° 1096.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por RESOL-2017-1630-APN- ENACOM#MCO de fecha 09 de marzo de 2017 y lo acordado en el Acta de Directorio Nº 17 de fecha 17 de febrero de 2017 del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL
DE AUTORIZACIONES Y REGISTROS TIC
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Otórgase la inscripción en el Registro de Materiales de Telecomunicaciones a los equipos cuyas características se indican en el Anexo registrado en el GENERADOR ELECTRÓNICO DE DOCUMENTOS OFICIALES como ANEXO DI-2017-03890676-APN-DNAYRT#ENACOM, que forma en un todo parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Otórgase la inscripción conforme lo dispuesto en la Resolución N° 784 de fecha 21 de noviembre de 1987 del registro de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, a los equipos cuyas características se indican en el Anexo registrado en el GENERADOR ELECTRÓNICO DE DOCUMENTOS OFICIALES como ANEXO DI-2017-03890697-APN-DNAYRT#ENACOM, que forma en un todo parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 3º.- Otórgase la renovación de la inscripción en el Registro de Materiales de Telecomunicaciones a los equipos cuyas características se indican en el Anexo registrado en el GENERADOR ELECTRÓNICO DE DOCUMENTOS OFICIALES como ANEXO DI-2017-03890737- APN-DNAYRT#ENACOM, que forma en un todo parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 4°.- Otórgase la renovación de la inscripción conforme lo dispuesto en la Resolución N° 784 de fecha 21 de noviembre de 1987 del registro de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, a los equipos cuyas características se indican en el Anexo registrado en el GENERADOR ELECTRÓNICO DE DOCUMENTOS OFICIALES como ANEXO DI-2017-03890769-APN-DNAYRT#ENACOM, que forma en un todo parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 5°.- Otórgase la inscripción en el Registro de Actividades de Telecomunicaciones a los solicitantes cuyos detalles se indican en el Anexo registrado en el GENERADOR ELECTRÓNICO DE DOCUMENTOS OFICIALES como ANEXO DI-2017-03890806-APN-DNAYRT#ENACOM, que forma en un todo parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 6°.- Cada unidad, cuya inscripción se otorga por la presente disposición, deberá identificarse conforme a las pautas mínimas obligatorias para el marcado de equipos, establecidas en la reglamentación específica vigente.
ARTÍCULO 7°.- Déjase establecido que las inscripciones y renovaciones otorgadas por los Artículos 1º, 3º y 5º tienen una validez de TRES (3) años contados a partir de la fecha de la presente disposición, cumplidos los cuales caducarán automáticamente de no mediar una petición similar a la tratada en los respectivos actuados, la que deberá ser interpuesta dentro de los TREINTA (30) días corridos previos al vencimiento, conforme lo determina el inciso 6.3 del Anexo I de la Resolución Nº 729 de fecha 24 de diciembre de 1980 del registro de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES.
ARTÍCULO 8°.- Déjase establecido que las inscripciones y renovaciones otorgadas por los Artículos 2º y 4º tienen una validez de TRES (3) años contados a partir de la fecha de la presente disposición, cumplidos los cuales caducarán automáticamente de no mediar una petición similar a la tratada en los respectivos actuados, las que deberán ser interpuestas dentro de los TREINTA (30) días corridos previos al vencimiento, o hasta tanto se cuente con norma técnica definitiva dictada por el organismo competente.
ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Jose Luis Sonsino.
ANEXO
Inscripciones en el Registro de Materiales de Telecomunicaciones
Expediente | Marca | Modelo | Solicitante | Nº Registro |
| EXPENACOM 3211/2017 | INTUITIVE SURGICAL | ACCRX01 | CASSI, PABLO RICARDO | H-17495 |
| EXPENACOM 3852/2017 | Hella | MQB-A | VOLKSWAGEN ARGENTINA S.A., | H-17567 |
| EXPENACOM 3853/2017 | Hella | MQB-B B | VOLKSWAGEN ARGENTINA S.A., | H-17568 |
| EXPENACOM 3856/2017 | Hella | MQB-B H | VOLKSWAGEN ARGENTINA S.A., | H-17562 |
DI-2017-03890676-APN-DNAYRT#ENACOM
ANEXO
Inscripciones en el Registro de Materiales de Telecomunicaciones
Expediente | Marca | Modelo | Solicitante | Nº Registro |
| EXPENACOM 3563/2017 | MOTOROLA | i786w H87XAN6JR6AN | NEXTEL COMMUNICATIONS ARGENTINA S.R.L., | C-17557 |
| EXPENACOM 3572/2017 | ALCATEL | 5044O | FAMAR FUEGUINA S.A., | C-17555 |
| EXPENACOM 3729/2017 | HYUNDAI | HY3-3991 | SOLNIK S.A., | C-17559 |
| EXPENACOM 3791/2017 | VERTEX STANDARD | EVX-261-G6-5 | MOTOROLA SOLUTIONS ARGENTINA S.A., | C-17561 |
| EXPENACOM 3809/2017 | HYTERA | PD686G VHF | INTEPLA S.R.L., | C-17560 |
| EXPENACOM 3864/2017 | DELPHI | VP2_5 | CASSI, PABLO RICARDO | C-17566 |
DI-2017-03890697-APN-DNAYRT#ENACOM
ANEXO
Renovación de inscripciones en el Registro de Materiales de Telecomunicaciones
Expediente | Marca | Modelo | Solicitante | Nº Registro |
| EXPCNC 5057/2013 | TRW | KIN 58T | CALIDAD DIGITAL S.R.L., | H-11885 |
| EXPCNC 7040/2013 | TRW | RFHM 55T | CALIDAD DIGITAL S.R.L., | H-12093 |
DI-2017-03890737-APN-DNAYRT#ENACOM
ANEXO
Renovación de inscripciones en el Registro de Materiales de Telecomunicaciones
Expediente | Marca | Modelo | Solicitante | Nº Registro |
| EXPCNC 11552/2007 | NEC | PASOLINK NEO 23GHz 10/20/40/80/100/155 MB | NEC ARGENTINA S.A., | C-6176 |
| EXPCNC 60/2011 | NORSAT | 1508C | SERVICIO SATELITAL S.A., | C-9104 |
| EXPCNC 1259/2011 | NEC | PASOLINK NEO HP 7G 155/310 MB | NEC ARGENTINA S.A., | C-9169 |
| EXPCNC 1385/2014 | CISCO | AIR-CAP3702I-A-K9 | CISCO SYSTEMS ARGENTINA S.A., | C-12976 |
| EXPCNC 1453/2014 | WINEGARD | WX1200 | SERVICIO SATELITAL S.A., | C-12986 |
DI-2017-03890769-APN-DNAYRT#ENACOM
ANEXO
Inscripciones en el Registro de Materiales de Telecomunicaciones
Expediente | Documento | Solicitante | Reg. Comercialización |
| EXPCNC 5838/2011 | CUIT 30-50139538-9 | GRUPO LINDE GAS ARGENTINA S.A., | 30-2298 |
| EXPCNC 8526/2013 | CUIT 30-54808315-6 | COTO CENTRO INTEGRAL DE COMERCIALIZACION S.A., | 30-2297 |
| EXPENACOM 2345/2017 | CUIT 30-50085213-1 | AIR LIQUIDE ARGENTINA S.A., | 30-2296 |
DI-2017-03890806-APN-DNAYRT#ENACOM
e. 29/03/2017 N° 18721/17 v. 29/03/2017
Fecha de publicación 29/03/2017