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MINISTERIO DE COMUNICACIONES

Resolución 621-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 29/03/2017

VISTO el expediente Nº 10.888/1992 del registro de la ex-COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que el usuario NORBERTO GASPAR FORLIN fue oportunamente autorizado mediante Resolución N° 2208 de fecha 15 de Abril de 1993 de la ex-COMISIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES para instalar y poner en funcionamiento una Estación Terrena - TVRU del Servicio Fijo por Satélite (SFS).

Que el interesado solicitó, mediante TREENACOM 9626 de fecha 13 de Abril de 2016 la cancelación total del permiso señalado en el primer considerando.

Que de la ponderación del caso no surgen elementos del juicio que impidan acceder al requerimiento mencionado precedentemente.

Que procede fijar expresamente la fecha a partir de la cual se considera operada la cancelación, a efectos de evitar que en su caso, el lapso transcurrido entre la fecha en que se solicita dicha cancelación y la de otorgamiento del presente acto, afecte el monto de los derechos que corresponden pagar al requirente, de acuerdo a lo establecido en la Resolución CNT Nº 1223/1996, la cual fija el procedimiento a seguir respecto a las solicitudes de baja de las autorizaciones radioeléctricas.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 23 decies del Título V de la Ley de Ministerios N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO

DE COMUNICACIONES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Cancelar la autorización otorgada al usuario NORBERTO GASPAR FORLIN, mediante Resolución N° 2208 de fecha 15 de Abril de 1993 de la ex-COMISIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES para instalar y poner en funcionamiento una Estación Terrena - TVRU del Servicio Fijo por Satélite (SFS).

ARTÍCULO 2º.- La medida adoptada en el artículo anterior tendrá efecto a partir del 13 de Abril de 2016.

ARTÍCULO 3º.- Notifíquese al interesado conforme a lo establecido en el Artículo 11 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y de conformidad con los términos y alcances previstos en el Artículo 40 y concordantes del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto 1.759/72 (T.O. 1991).

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Oscar Raúl Aguad.

e. 03/04/2017 N° 20138/17 v. 03/04/2017

Fecha de publicación 03/04/2017