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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 97-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 17/01/2017

VISTO el Expediente N° 1.749.307/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/2 vta del Expediente N° 1.749.307/16, luce agregado el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA, por el sector sindical, y LABORATORIOS BAGO SOCIEDAD ANONIMA y QUIMICA MONTPELLIER SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empleador, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa 136/95 “E”, ratificado a fojas 32 y 36, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el mentado Acuerdo las partes convienen un bono de fin de año en los términos y condiciones allí expuestas.

Que cabe dejar establecido que el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 136/95 “E” fue oportunamente celebrado por la FEDERAClON DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA por el sector sindical y las empresas LABORATORIOS BAGO SOCIEDAD ANONIMA, QUIMICA MONTPELLIER SOCIEDAD ANONIMA y el INSTITUTO SAN JORGE BAGO SOCIEDAD ANONIMA por el sector empleador.

Que El INSTITUTO SAN JORGE BAGO SOCIEDAD ANONIMA no forma parte del sector empleador desde anteriores acuerdos celebrados en el marco del citado convenio colectivo, siendo ello debidamente autorizado por los actos administrativos donde se homologaron tales plexos.

Que las partes celebrantes han ratificado el contenido y firmas insertas en el acuerdo traído a estudio, acreditando su personería y facultades para convencionar colectivamente con las constancias que obran en autos.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se circunscribe a la correspondencia entre la actividad de las empresas firmantes y la representatividad de la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 48/15.

Por ello,

EL SECRETARIO

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA, por el sector sindical, y LABORATORIOS BAGO SOCIEDAD ANONIMA y QUIMICA MONTPELLIER SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empleador, obrante a fojas 2/2 vta del Expediente N° 1.749.307/16, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo 136/95 “E”, ratificado a fojas 32 y 36, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2°.- Regístrese la presente Resolución por medio de la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 2/2 vta del Expediente N° 1.749.307/16.

ARTÍCULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 136/95 “E”.

ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ezequiel Sabor.

Expediente N° 1.749.307/16

Buenos Aires, 24 de enero de 2017

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 97/17 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/2 vuelta del expediente de referencia; quedando registrado bajo el número 109/17. — Jorge Alejandro Insua, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

Fecha de publicación 03/04/2017