MINISTERIO DE SALUD - SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN
Disposición 258-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 28/03/2017
VISTO el Expediente N° 1-2002-4300012059/13-2, la Disposición N° 979 del 4 de agosto de 2014 del Registro de este SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN (SNR) y,
CONSIDERANDO:
Que por Disposición del VISTO se dispuso la categorización en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD de la institución “ASNECO” de la ASOCIACIÓN CIVIL NEUROCOGNITIVA INFANTO JUVENIL, en las modalidades prestacionales Centro Educativo Terapéutico y Servicio de Apoyo a la Integración Escolar.
Que en virtud de las facultades conferidas por el artículo 6° del Decreto N° 1193/98, le corresponde al SNR ejercer el poder de policía y verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos para determinar la permanencia o baja de las instituciones que han ingresado al Registro Nacional de Prestadores.
Que conforme a dicha facultad, las Auditorías de Control o inducidas no son informadas al prestador con anterioridad a su realización.
Que los días 31 de agosto de 2016 y 14 de diciembre de 2016 se realizaron auditorías de control al establecimiento de marras.
Que en tal oportunidad se procedió a la evaluación de los antecedentes de los servicios de la mencionada institución según el MARCO BÁSICO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE PRESTACIONES Y ESTABLECIMIENTOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD aprobado por Resolución Ministerial N° 1328/06.
Que se utilizaron las Guías de Evaluación Institucional aprobadas por Resolución N° 14/00 del PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BÁSICAS DE ATENCIÓN INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD (PDSPBAIPD), las que obran en el expediente.
Que merituando las constataciones en terreno y la documentación aportada, el 27 de diciembre de 2016 la Junta Evaluadora concluyó que la institución se encuentra en condiciones de permanecer en la modalidad Servicio de Apoyo a la Integración Escolar y de recategorizar en la modalidad prestacional Centro Educativo Terapéutico con integración, categoría A con un cupo de dieciséis (16) concurrentes en jornada simple.
Que fue advertido que la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE COORDINACIÓN Y FISCALIZACIÓN SANITARIA del MINISTERIO DE SALUD de la provincia de Buenos Aires, había habilitado el establecimiento para la prestación Centro Educativo Terapéutico con una capacidad de quince (15) concurrentes en jornada simple, mediante la Disposición N° 424/13.
Que a tenor de esta circunstancia, la Junta Evaluadora emitió un nuevo informe el 7 de febrero de 2017 en el que rectifica el anterior del 27 de diciembre de 2016 y concluye que el cupo otorgado deberá ser de quince (15) concurrentes en jornada simple.
Que obra agregada en el expediente la Declaración Jurada de Población Asistida realizada por la institución, conforme Punto 8.2.2, Anexo 1, Resolución N°2/13 (PDSPBAIPD) que al momento de la auditoría era doce (12) concurrentes para Centro Educativo Terapéutico con integración, en jornada simple, turno mañana.
Que también obra agregado en el expediente el formulario de constancia de recategorización, correspondiendo dicho cupo al máximo admitido de acuerdo a la capacidad física del establecimiento y al equipamiento efectivamente existente al momento de la auditoria, conforme el punto 8.2.3 del Anexo I de la precitada Resolución, así como a la habilitación de la jurisdicción local.
Que la DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN y la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS del SNR han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta por aplicación de los artículos 1°, inciso f), apartado 3) de la Ley N° 19.549, Ley Nacional de Procedimientos Administrativos y en virtud de las facultades conferidas al SNR por los Decretos Nros. 1193/98 y 627/10, y Disposición SNR N° 1176/11.
Por ello,
EL DIRECTOR A CARGO DEL DESPACHO ADMINISTRATIVO
DEL SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Recategorízase a la institución “ASNECO” de la ASOCIACIÓN CIVIL NEUROCOGNITIVA INFANTO JUVENIL, C.U.I.T. N° 30-71048323-6, con domicilio legal en la calle Intendente Alvear N° 3061, departamento 4°, Código Postal 1651, de la localidad de San Andrés, partido de San Martín, Provincia de Buenos Aires y real en la calle Belgrano N° 4266, Código Postal 1650, de la localidad y partido de San Martín, Provincia de Buenos Aires, en la modalidad prestacional Centra Educativo Terapéutico con integración, categoría “A”, con un cupo de quince (15) concurrentes en jornada simple.
ARTÍCULO 2°.- Reinscríbase a la institución “ASNECO” de la ASOCIACIÓN CIVIL NEUROCOGNITIVA INFANTO JUVENIL en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
ARTÍCULO 3°.- Contra el presente acto podrá deducirse el Recurso de Reconsideración previsto en el artículo 84 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1759/72 (t.o. 1991) el que deberá interponerse en el plazo de diez (10) días de notificada la presente.
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, notifíquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y cumplido, archívese. — Gustavo Liotta.
e. 04/04/2017 N° 21105/17 v. 04/04/2017
Fecha de publicación 04/04/2017