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Primera sección


MINISTERIO DE SALUD

Decisión Administrativa 228/2017

Apruébase y adjudícase Licitación Pública N° 3/2016.

Ciudad de Buenos Aires, 06/04/2017

VISTO el Expediente N° EX-2017-01426638-APN-DCYC#MS del registro del MINISTERIO DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 515 del MINISTERIO DE SALUD de fecha 22 de abril de 2016, se autorizó la convocatoria a Licitación Pública N° 3/2016 para la adquisición de medicamentos para el tratamiento de enfermedades respiratorias de la población infantil que concurre a los hospitales públicos, solicitada por la entonces DIRECCIÓN NACIONAL DE MATERNIDAD E INFANCIA del MINISTERIO DE SALUD, y se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que como Anexo forma parte integrante de la citada Resolución.

Que con fecha 30 de mayo de 2016 se procedió a la apertura de las CUATRO (4) ofertas presentadas en la Licitación Pública Nº 3/2016 del MINISTERIO DE SALUD, correspondientes a las firmas DENVER FARMA S.A., PHARMOS S.A., KLONAL S.R.L. y BIOTENK S.A.

Que la firma BIOTENK S.A. manifestó en tiempo y forma su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento de su oferta, quedando la misma excluida del procedimiento, sin pérdida de la garantía de mantenimiento, conforme lo dispone el artículo 66 del Anexo al Decreto N° 893/12 y sus modificatorios.

Que analizadas las ofertas y obtenidos los informes pertinentes, la COMISIÓN EVALUADORA del MINISTERIO DE SALUD emitió el Dictamen de Evaluación Nº 117 de fecha 5 de septiembre de 2016 recomendando la adjudicación de las ofertas válidas de menor precio pertenecientes a las firmas DENVER FARMA S.A. para el renglón 1 (primer parcial); PHARMOS S.A. para el renglón 1 (segundo parcial) y renglón 2; y KLONAL S.R.L. para el renglón 3.

Que con referencia a la oportunidad, mérito y conveniencia de la adquisición, la DIRECCIÓN NACIONAL DE MATERNIDAD, INFANCIA Y ADOLESCENCIA del MINISTERIO DE SALUD informa que la falta de provisión en tiempo y forma de los medicamentos solicitados impacta directamente en la mortalidad infantil y que los precios cotizados se encuentran por debajo del precio estimado, como así también destaca que el precio testigo informado por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN para la presente adquisición, no contempla la distribución a las VEINTICUATRO (24) jurisdicciones del país solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Que por lo expuesto precedentemente, la SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN PRIMARIA DE LA SALUD y la SECRETARÍA DE PROMOCIÓN, PROGRAMAS SANITARIOS Y SALUD COMUNITARIA del MINISTERIO DE SALUD prestan conformidad a la prosecución del trámite.

Que no se efectuaron impugnaciones al referido Dictamen de Evaluación.

Que por lo expuesto, resulta procedente adjudicar la presente Licitación de conformidad con el Dictamen de Evaluación N° 117/2016 de la COMISIÓN EVALUADORA del MINISTERIO DE SALUD.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento a la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias aprobado por Decreto Nº 1344 de fecha 4 de octubre de 2007 y el artículo 14, inciso c) del Reglamento al Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 893/12 y sus complementarios, ambos decretos modificados por su similar N° 1039/13.

Por ello,

EL JEFE

DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase la Licitación Pública Nº 3/2016 del MINISTERIO DE SALUD, llevada a cabo para la adquisición de medicamentos para el tratamiento de enfermedades respiratorias de la población infantil que concurre a los hospitales públicos.

ARTÍCULO 2°.- Adjudícase la Licitación Pública Nº 3/2016 del MINISTERIO DE SALUD, a favor de las firmas, por las cantidades y sumas que a continuación se detallan:

DENVER FARMA S.A. (CUIT N° 33-62928265-9)

Renglón 1 por un parcial de 70.000.000 unidades...................................................$ 19.600.000.-

PHARMOS S.A. (CUIT N° 30-64266156-2)

Renglón 1 por un parcial de 40.350.000 unidades y renglón 2 por un total de 17.260.000 unidades...........................................................................................................................$ 20.908.920.-

KLONAL S.R.L. (CUIT N° 30-57456436-7)

Renglón 3 por un total de 100.000 unidades...............................................................$ 3.570.000.-

TOTAL...........................................................................................................................$ 44.078.920.-

ARTÍCULO 3°.- La suma de PESOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES SETENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS VEINTE ($ 44.078.920.-) deberá ser afectada con cargo al Presupuesto del MINISTERIO DE SALUD, Jurisdicción 80, Programa 17, Actividad 4, Subprograma 1, IPP 252, Fuente de Financiamiento 11 – Tesoro Nacional.

ARTÍCULO 4°.- Delégase en el Ministro de Salud la facultad para aprobar la ampliación o disminución de la presente licitación, en los términos del artículo 14 del Anexo del Decreto N° 893/12, según texto aprobado por el Decreto N° 1039/13.

ARTÍCULO 5°.- Autorízase a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN y/o a la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del MINISTERIO DE SALUD, en forma indistinta, a suscribir las pertinentes órdenes de compra.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Jorge Daniel Lemus.

Fecha de publicación 07/04/2017