MINISTERIO DE PRODUCCIÓN DIRECCIÓN NACIONAL DE COMPRAS PÚBLICAS Y DESARROLLO DE PROVEEDORES
Disposición 2-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 04/04/2017
VISTO el Expediente N° S01:0534631/2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, las Resoluciones Nros. 339 de fecha 22 de julio de 2016 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y 527 de fecha 11 de noviembre de 2016 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución N° 339 de fecha 22 de julio de 2016 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN se creó el “Programa de Desarrollo de Proveedores (PRODEPRO)” en la órbita de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, destinado a desarrollar proveedores nacionales en sectores estratégicos para impulsar la industria y diversificar la matriz productiva nacional, a través de la generación de mayor valor; y fortalecer las capacidades del sector productivo, a través de la promoción de inversiones, la mejora en la gestión productiva de las empresas, el incremento de la capacidad innovativa y la modernización tecnológica, con el propósito de sustituir importaciones y promover la generación de empleo calificado.
Que, asimismo, por la mencionada resolución se creó el Registro de Desarrollo de Proveedores (REDEPRO), en el que deberán inscribirse las empresas interesadas en participar en el citado Programa con el objeto de constituirse en potenciales beneficiarias de los instrumentos de asistencia financiera y técnica con los que cuenta dicho Programa: financiamiento a tasa subsidiada, Aporte No Reembolsable (ANR) y asistencia técnica.
Que mediante la Resolución N° 527 de fecha 9 de noviembre de 2016 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se aprobó el Reglamento Operativo del “Programa de Desarrollo de Proveedores (PRODEPRO)”, con el objeto de reglamentar los términos, condiciones y procedimientos que lo rigen, quedando facultada la Dirección Nacional de Compras Públicas y Desarrollo de Proveedores dependiente de la SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN para llevar adelante la inscripción en el Registro de Desarrollo de Proveedores (REDEPRO) de las empresas interesadas y la aprobación o rechazo de los proyectos presentados con el fin de constituirse en potenciales beneficiarias de los instrumentos de asistencia financiera y técnica.
Que, la firma MIGUEL ABAD S.A., C.U.I.T. N° 30-50297474-9, se encuentra inscripta en el REGISTRO ÚNICO DEL MINISTERIO DE PRODUCCIÓN (R.U.M.P.) en el Legajo N° RL-2016-04654317-APNMP.
Que, el día 11 de agosto de 2016, la Dirección Nacional de Compras Públicas y Desarrollo de Proveedores validó la inscripción de la firma MIGUEL ABAD S.A. en el Registro de Desarrollo de Proveedores (REDEPRO).
Que el mismo día la firma MIGUEL ABAD S.A, remitió a la citada Dirección el Formulario IDEA- PROYECTO en formato digital conforme el Modelo requerido, con el proyecto titulado “Desarrollo de pares montados (ruedas y ejes) para bogies ferroviarios”, solicitando los instrumentos: Aporte No Reembolsable (ANR) por la suma de PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS DIECISÉIS MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($ 1.816.750); subsidio de tasa de un crédito en el BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR, organismos descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, hasta por un monto total de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL ($ 398.000) y; asistencia técnica de “Certificación INTI de ruedas” y “Certificación INTI Ejes”.
Que, con fecha 16 de agosto de 2016, se remitió al INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL, organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DEL PRODUCCIÓN, el Formulario IDEA-PROYECTO elaborado por la empresa interesada, a fin de que el instituto técnico realice el diagnóstico de la empresa, la evaluación técnica acerca del proyecto presentado y las recomendaciones respecto de los instrumentos a ejecutar por el “Programa de Desarrollo de Proveedores (PRODEPRO)”.
Que, con fecha 27 de septiembre de 2016, se realizó una visita a la empresa por parte de la Dirección Nacional de Compras Públicas y Desarrollo de Proveedores y del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL, a fin de profundizar en el conocimiento de la empresa y del proyecto presentado por la misma.
Que, el día 1 de diciembre de 2016, dicho Instituto presentó ante la citada Dirección su informe con el diagnóstico de la empresa y del proyecto presentado por ésta.
Que, del informe del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL surge que los objetivos y actividades planificadas en el proyecto presentado son adecuados y están en relación con las futuras demandas del sector ferroviario.
Que, asimismo, en el informe se manifiesta que el financiamiento solicitado destinado a los bienes, servicios e infraestructura declarado es acorde al cumplimiento de los objetivos del proyecto.
Que el proyecto presentado por la empresa MIGUEL ABAD S.A. desarrolla una actividad industrial vinculada al sector ferroviario, comprendido entre los sectores estratégicos del “Programa de Desarrollo de Proveedores (PRODEPRO)”.
Que, una vez aprobado el proyecto presentado por la mencionada firma, y en oportunidad de la convocatoria realizada por la Dirección Nacional de Compras Públicas y Desarrollo de Proveedores, la empresa deberá presentar la documentación respaldatoria, según surge del Reglamento Operativo del “Programa de Desarrollo de Proveedores (PRODEPRO)”, a fin de iniciar el procedimiento para el otorgamiento del Aporte No Reembolsable (ARN) solicitado por un monto total de PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS DIECISÉIS MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($ 1.816.750).
Que, con fecha 2 de diciembre de 2016, el área técnica de dicha Dirección recomendó la aprobación del proyecto “Desarrollo de pares montados (ruedas y ejes) para bogies ferroviarios” presentado por la firma MIGUEL ABAD S.A.
Que el otorgamiento de las herramientas solicitadas por la citada empresa es esencial para promover inversiones en bienes de capital para modernización tecnológica y ampliación de la cadena productiva.
Que el proyecto contempla inversiones en bienes de capital, servicios e infraestructura y certificaciones que producirán pares montados de eje y ruedas, los cuales impactarán posicionando a la firma MIGUEL ABAD S.A. como proveedor nacional de este producto para la industria ferroviaria, con una ampliación de la capacidad productiva y, asimismo, logrará avanzar en la sustitución de importaciones.
Que, el día 14 de diciembre de 2016, la citada firma ratificó su compromiso para la realización de las actividades requeridas para completar el mencionado proyecto de inversión en los tiempos convenidos.
Que, en virtud de lo precedentemente expuesto, corresponde por la presente medida aprobar el proyecto “Desarrollo de pares montados (ruedas y ejes) para bogies ferroviarios” presentado por la firma MIGUEL ABAD S.A.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta conforme lo dispuesto por las Resoluciones Nros. 339/16 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y 527/16 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL
DE COMPRAS PÚBLICAS Y DESARROLLO DE PROVEEDORES
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Proyecto “Desarrollo de pares montados (ruedas y ejes) para bogies ferroviarios” presentado por la empresa MIGUEL ABAD S.A., C.U.I.T. N° 30-50297474-9, y su Estructura de Inversión Asociada que, como Anexo I (IF-2017-01530973-APN-DNCPYDP#MP), forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase el beneficio de subsidio de tasa de SEIS (6) puntos porcentuales por un crédito de hasta la suma de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL ($ 398.000), el cual queda sujeto a aprobación por parte del BANCO DE INVERSIONES Y COMERCIO EXTERIOR, organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, conforme lo previsto en el Artículo 4° de la Resolución N° 339 de fecha 22 de julio de 2016 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
ARTÍCULO 3°.- Apruébase el beneficio de Asistencia Técnica provista por el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL, organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, conforme lo estipulado en el Artículo 5° de la Resolución N° 339/16 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
ARTÍCULO 4°.- Elévese a consideración de la Autoridad de Aplicación la aprobación del beneficio de Aporte No Reembolsable (ARN) solicitado por la empresa MIGUEL ABAD S.A.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese a la firma MIGUEL ABAD S.A., que la obtención de beneficios por parte del “Programa de Desarrollo de Proveedores (PRODEPRO)” conlleva la aceptación de los términos y condiciones del “Reglamento Operativo del Programa de Desarrollo de Proveedores”, aprobado por la Resolución N° 527 de fecha 9 de noviembre de 2016 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese a la empresa MIGUEL ABAD S.A., que de acuerdo al “Reglamento Operativo del Programa de Desarrollo de Proveedores”, el proyecto de “Desarrollo de pares montados (ruedas y ejes) para bogies ferroviarios” deberá ser ejecutado en un plazo máximo de DIECIOCHO (18) meses contados a partir de la fecha de aprobación del mismo. Dicho plazo podrá ser prorrogado por la Dirección Nacional de Compras Públicas y Desarrollo de Proveedores dependiente de la SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, a solicitud del beneficiario, justificando previamente los motivos de la prórroga solicitada.
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese a la empresa MIGUEL ABAD S.A., que al término del plazo de ejecución del proyecto, incluida su prórroga si esta hubiere sido autorizada, deberá presentar las constancias que acrediten el cumplimiento del proyecto en los términos, plazos y condiciones aprobados. Asimismo la Dirección Nacional de Compras Públicas y Desarrollo de Proveedores, en forma conjunta con el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL, realizarán las correspondientes auditorías para la elaboración del informe final de cumplimiento del proyecto.
ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Eduardo Alberto Wegman.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 07/04/2017 N° 21608/17 v. 07/04/2017
Fecha de publicación 07/04/2017