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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE PRODUCCIÓN DIRECCIÓN NACIONAL DE COMPRAS PÚBLICAS Y DESARROLLO DE PROVEEDORES

Disposición 5-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 04/04/2017

VISTO el Expediente N° S01:0534585/2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, las Resoluciones Nros. 339 de fecha 22 de julio de 2016 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y 527 de fecha 11 de noviembre de 2016 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución N° 339 de fecha 22 de julio de 2016 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN se creó el “Programa de Desarrollo de Proveedores (PRODEPRO)” en la órbita de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, destinado a desarrollar proveedores nacionales en sectores estratégicos para impulsar la industria y diversificar la matriz productiva nacional, a través de la generación de mayor valor; y fortalecer las capacidades del sector productivo, a través de la promoción de inversiones, la mejora en la gestión productiva de las empresas, el incremento de la capacidad innovativa y la modernización tecnológica, con el propósito de sustituir importaciones y promover la generación de empleo calificado.

Que, asimismo, por la mencionada resolución se creó el Registro de Desarrollo de Proveedores (REDEPRO), en el que deberán inscribirse las empresas interesadas en participar en el citado Programa con el objeto de constituirse en potenciales beneficiarias de los instrumentos de asistencia financiera y técnica con los que cuenta dicho Programa: financiamiento a tasa subsidiada, Aporte No Reembolsable (ANR) y asistencia técnica.

Que mediante la Resolución N° 527 de fecha 9 de noviembre de 2016 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se aprobó el Reglamento Operativo del “Programa de Desarrollo de Proveedores (PRODEPRO)”, con el objeto de reglamentar los términos, condiciones y procedimientos que lo rigen, quedando facultada la Dirección Nacional de Compras Públicas y Desarrollo de Proveedores dependiente de la SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN para llevar adelante la inscripción en el Registro de Desarrollo de Proveedores (REDEPRO) de las empresas interesadas y la aprobación o rechazo de los proyectos presentados con el fin de constituirse en potenciales beneficiarias de los instrumentos de asistencia financiera y técnica.

Que, la firma TURBOS TYT S.R.L. (C.U.I.T. N° 30-71124055-8) se encuentra inscripta en el REGISTRO ÚNICO DEL MINISTERIO DE PRODUCCIÓN (R.U.M.P.), en el Legajo N°: RL-2017-02948173- APNMP.

Que, el día 5 de septiembre de 2016, la Dirección Nacional de Compras Públicas y Desarrollo de Proveedores, validó la inscripción de la firma en el Registro de Desarrollo de Proveedores (REDEPRO).

Que, con fecha 14 de octubre de 2016, la firma TURBOS TYT S.R.L. remitió a la Dirección Nacional de Compras Públicas y Desarrollo de Proveedores el Formulario IDEA-PROYECTO en formato digital conforme el Modelo indicado, con el proyecto titulado “Adquisición de bienes de capital y ampliación de planta para fabricación de turbocompresores y sus componentes para motores diesel de equipos mineros”, solicitando los instrumentos: Aporte No Reembolsable (ANR) por la suma de PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($ 2.973.750) y Asistencia Técnica en el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), organismos descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DEL PRODUCCIÓN.

Que, el día 14 de Octubre la Dirección Nacional de Compras Públicas y Desarrollo de Proveedores validó el Formulario IDEA-PROYECTO.

Que el día 17 de octubre de 2016 se remitió al INSTITUTO DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), el Formulario IDEA-PROYECTO elaborado por la empresa interesada, a fin de que el instituto técnico realice el diagnóstico de la empresa, la evaluación técnica acerca del proyecto presentado y las recomendaciones respecto de los instrumentos a ejecutar por el “Programa de Desarrollo de Proveedores (PRODEPRO)”.

Que, el día 30 de noviembre de 2016, se realizó una visita a la empresa por parte de la Dirección Nacional de Compras Públicas y Desarrollo de Proveedores y del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI) a fin de profundizar en el conocimiento de la empresa y del proyecto presentado por la misma, en el predio ubicado en la Ciudad de San Juan, Provincia de SAN JUAN.

Que, el día 5 de enero de 2017 el INSTITUTO DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI) presentó a la Dirección Nacional de Compras Públicas y Desarrollo de Proveedores su informe con el diagnóstico de la empresa y del proyecto presentado por ésta.

Que del informe del INSTITUTO DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI) surge que la solicitud de financiamiento resulta pertinente para la adquisición de bienes de capital. Asimismo el impacto esperado será importante ya que la empresa sería la primer empresa nacional en fabricar íntegramente turbocompresores en el país por lo que esperaría un fortalecimiento del entramado productivo nacional y desarrollo local.

Que, el proyecto presentado por la empresa TURBOS TYT S.R.L. desarrolla una actividad industrial vinculada al sector de Minería, comprendido entre los sectores estratégicos del “Programa de Desarrollo de Proveedores (PRODEPRO)”.

Que, una vez aprobado el proyecto presentado por la empresa TURBOS TYT S.R.L. y en oportunidad de la convocatoria a realizar por la Dirección Nacional de Compras Públicas y Desarrollo de Proveedores, la empresa deberá presentar la documentación respaldatoria, según surge del reglamento operativo, a fin de iniciar el procedimiento para el otorgamiento del Aporte No Reembolsable (ANR) solicitado por un monto de PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($ 2.973.750).

Que, el día 31 de enero de 2017 la empresa rectificó el punto 2.8 del formulario IDEA-PROYECTO referente a Asistencia Técnica.

Que, posteriormente, el área técnica de la Dirección Nacional de Compras Públicas y Desarrollo de Proveedores recomendó la aprobación del proyecto “Adquisición de bienes de capital y ampliación de planta para fabricación de turbocompresores y sus componentes para motores diesel de equipos mineros” presentado por la firma TURBOS TYT S.R.L. El impacto esperado del proyecto es muy significativo. TURBOS TYT S.R.L. sería la primer empresa nacional en fabricar turbocompresores en el país.

Que la firma cuenta con el knowhow necesario para llevar a cabo el proyecto.

Que, con fecha 15 de febrero de 2017 la empresa TURBOS TYT S.R.L., ratificó su compromiso para la realización de las actividades requeridas para completar el mencionado proyecto de inversión en los tiempos convenidos.

Que, el día 7 de marzo de 2017, la Dirección Nacional de Compras Públicas y Desarrollo de Proveedores notificó la inscripción al “Programa de Desarrollo de Proveedores (PRODEPRO)”.

Que, en virtud de lo precedentemente expuesto, corresponde por la presente medida aprobar el proyecto “Adquisición de bienes de capital y ampliación de planta para fabricación de turbocompresores y sus componentes para motores diesel de equipos mineros” presentado por la firma TURBOS TYT S.R.L.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta conforme lo dispuesto por las Resoluciones Nros. 339/16 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y 527/16 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL

DE COMPRAS PÚBLICAS Y DESARROLLO DE PROVEEDORES

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase, el Proyecto “Adquisición de bienes de capital y ampliación de planta para fabricación de turbocompresores y sus componentes para motores diesel de equipos mineros” presentado por la empresa Turbos TYT S.R.L. (C.U.I.T. N° 30-71124055-8) y su Estructura de Inversión Asociada, que como Anexo (IF-201703712788-APN-DNCPYDP) forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Apruébase el beneficio de Asistencia Técnica provista por el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, conforme lo estipulado en el Artículo 5° de la Resolución 339 de fecha 22 de julio de 2016 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

ARTÍCULO 3°.- Elévese a consideración de la AUTORIDAD DE APLICACIÓN la aprobación del beneficio de Aporte No Reembolsable (ANR) solicitado por la empresa TURBOS TYT S.R.L.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese a la firma TURBOS TYT S.R.L., que la obtención de beneficios por parte del “Programa de Desarrollo de Proveedores (PRODEPRO)” conlleva la aceptación de los términos y condiciones del Reglamento Operativo del “Programa de Desarrollo de Proveedores (PRODEPRO)”, aprobado por Resolución N° 527 de fecha 9 de noviembre de 2016 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese a la empresa TURBOS TYT S.R.L., que de acuerdo al Reglamento Operativo del Programa de Desarrollo de Proveedores, el Proyecto de “Adquisición de bienes de capital y ampliación de planta para fabricación de turbocompresores y sus componentes para motores diesel de equipos mineros” deberá ser ejecutado en un plazo máximo de DIECIOCHO (18) meses contados a partir de la fecha de aprobación del mismo. Dicho plazo podrá ser prorrogado por esta Dirección Nacional de Compras Públicas y Desarrollo de Proveedores, a solicitud del beneficiario, justificando previamente los motivos de la prórroga solicitada.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese a la empresa TURBOS TYT S.R.L., que al término del plazo de ejecución del Proyecto, incluida su prórroga si esta hubiere sido autorizada, deberá presentar las constancias que acrediten el cumplimiento del proyecto en los términos, plazos y condiciones aprobados. Asimismo, la Dirección Nacional de Compras Públicas y Desarrollo de Proveedores, en forma conjunta con el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), realizarán las correspondientes auditorías para la elaboración del informe final de cumplimiento del Proyecto.

ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Eduardo Alberto Wegman.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 07/04/2017 N° 21624/17 v. 07/04/2017

Fecha de publicación 07/04/2017