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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Disposición 78-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 04/04/2017

VISTO la Actuación N° 10138-115-2017 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la misma, el Contador Público Rubén Alberto RANIERI solicita el relevo de las funciones que le fueran asignadas oportunamente en el carácter de Director de la Dirección Regional Río Cuarto y su posterior traslado a la Dirección Regional Rosario.

Que asimismo, la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior accede a lo solicitado y propone designar al Contador Público Gustavo Isaac FRANKEL en el carácter de Director Interino de la Dirección Regional citada en primer término, quien se viene desempeñando como Jefe Interino de la Agencia Sede Nro. 1 Río Cuarto.

Que la presente medida cuenta con la conformidad de la Dirección General Impositiva.

Que el presente acto dispositivo se dicta en el marco de las facultades otorgadas a esta ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS por el Decreto N° 1322 de fecha 26 de octubre de 2005, las que se mantienen por el artículo 5° del Decreto N° 227 del 20 de enero de 2016.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 4° y 6° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL

DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Dar por finalizadas y asignadas las funciones de los agentes que a continuación se detallan, en el carácter y en la Unidad de Estructura que en cada caso se indica:

NOMBRES Y APELLIDOCUILFUNCIÓN ACTUALFUNCIÓN ASIGNADA
Cont. Púb. Rubén Alberto RANIERI (*)20177771857Director regional impositivo - DIR. REGIONAL RIO CUARTO (SDG OPII)Acorde al grupo - DIR. REGIONAL ROSARIO (SDG OPII)
Cont. Púb. Gustavo Isaac FRANKEL20214070627Jefe de agencia - AGENCIA SEDE NRO. 1 RIO CUARTO (DI RRCU)Director Int. - DIR. REGIONAL RIO CUARTO (SDG OPII)

(*) a su pedido

ARTÍCULO 2°.- Dése conocimiento a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de acuerdo con lo establecido en el artículo 2° del Decreto N° 1322 de fecha 26 de octubre de 2005.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese y remítase a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y archívese. — Alberto R. Abad.

e. 07/04/2017 N° 21917/17 v. 07/04/2017

Fecha de publicación 07/04/2017