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Primera sección


DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS

Decisión Administrativa 229/2017

Dirección Juicios y Actuaciones por Infracción a Leyes Identificatorias. Desígnase Director.

Ciudad de Buenos Aires, 07/04/2017

VISTO, el Expediente Nº S02:0003153/2016, del registro de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, la Ley Nº 27.341, los Decretos Nº 773 del 21 de junio de 2007 y sus modificatorios, Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y Nº 227 del 20 de enero de 2016, y la Resolución Conjunta Nº 56 del 18 de octubre de 2007 de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARÍA DE HACIENDA del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, y la Resolución Nº 1925 del 24 de septiembre de 2007 de la citada Dirección Nacional, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto, tramita la solicitud de la cobertura transitoria del cargo de Director de la DIRECCIÓN JUICIOS Y ACTUACIONES POR INFRACCIÓN A LEYES IDENTIFICATORIAS de la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA JURÍDICA de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

Que por la Ley Nº 27.341 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio en curso.

Que el artículo 7° de la Ley N° 27.341 estableció que no se podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad, sin la previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que el Decreto Nº 227/16 estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, con rango y jerarquía inferior a Subsecretario en cargos de planta permanente, transitoria y cargos extraescalafonarios, será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que por el Decreto Nº 773/07 y sus modificatorias, se aprobó la estructura organizativa de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, organismo descentralizado actuante en la órbita del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que la mencionada DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, aprobó las aperturas inferiores al primer nivel operativo de su estructura organizativa, mediante el dictado de la Resolución Nº 1925 del 24 de septiembre de 2007.

Que por intermedio de la Resolución Conjunta Nº 56/07 de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARÍA DE HACIENDA del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, se incorporó al Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, la Unidad Organizativa - DIRECCIÓN JUICIOS Y ACTUACIONES POR INFRACCIÓN A LEYES IDENTIFICATORIAS.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, a fin de asegurar el normal funcionamiento del organismo, eleva la propuesta para la cobertura transitoria del cargo, que se encuentra vacante y financiado, de Director de la DIRECCIÓN JUICIOS Y ACTUACIONES POR INFRACCIÓN A LEYES IDENTIFICATORIAS de la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA JURÍDICA, con carácter de excepción al artículo 7º de la Ley Nº 27.341.

Que por la particular naturaleza de las funciones asignadas a la mencionada Entidad por la Ley Nº 17.671, resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de Director de la DIRECCIÓN JUICIOS Y ACTUACIONES POR INFRACCIÓN A LEYES IDENTIFICATORIAS (Nivel B – Grado 0 – Función Ejecutiva Nivel II del SINEP), de la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA JURÍDICA de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098/08 y sus modificatorios.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, cuenta con el crédito necesario en el presupuesto de la Entidad 200, a fin de atender el gasto resultante de la designación que se propicia.

Que la presente medida no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que se dio cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley Nº 12.954 y la Resolución Nº 17 del 17 de marzo de 2009 de la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 7º de la Ley Nº 27.341 y 1º del Decreto Nº 227/16.

Por ello,

EL JEFE

DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Desígnase a partir del 1 de septiembre de 2016, con carácter transitorio y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la fecha de la presente medida, al Dr. Maximiliano Alberto CEBALLOS (D.N.I. Nº 30.970.422), en el cargo de Director de la DIRECCIÓN JUICIOS Y ACTUACIONES POR INFRACCIÓN A LEYES IDENTIFICATORIAS, de la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA JURÍDICA de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, Nivel B - Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel II del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto Nº 2098/08 y sus modificatorios, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso al Nivel B establecidos en el artículo 14 del citado Convenio, y con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 27.341.

ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado en el artículo 1º deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas presupuestarias específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 30 –MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA - organismo descentralizado 200 DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Rogelio Frigerio.

Fecha de publicación 10/04/2017