MINISTERIO DE COMUNICACIONES ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución 2118-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 05/04/2017
VISTO el Expediente Nº 4675/1994 del Registro de la ex COMISIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, organismo descentralizado de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES del entonces MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, y
CONSIDERANDO:
Que, por el Decreto Nº 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes Nros. 27.078 y 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y de la ex Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.
Que mediante Resolución Nº 4535 de fecha 7 de diciembre de 1999, dictada por la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, dependiente de la Presidencia de la Nación, se le otorgó a la Empresa EL SITIO ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-68831385-2), Licencia de Servicios de Telecomunicaciones, y los registros de los servicios de Transmisión de Datos y Valor Agregado.
Que oportunamente, solicitó autorización para transferir la Licencia y el Registro de los servicios otorgados a la Empresa IMAGEN SATELITAL SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-69227372-5), con motivo de una operación de fusión por absorción, habiéndose encuadrado la cuestión dentro de las previsiones del artículo 13 del Reglamento de Licencias aprobado por Anexo I del Decreto Nº 764/2000.
Que Policía Técnica de Control informó que no habría continuidad en la prestación de los servicios registrados por medio de la licencia oportunamente otorgada a EL SITIO ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA.
Que la Empresa EL SITIO ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-68831385-2), fue disuelta con motivo de la fusión por absorción con la Empresa IMAGEN SATELITAL SOCIEDAD ANONIMA (CUIT 30-69227372-5), conforme surge del Acuerdo Definitivo de Fusión, inscripto en la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA, en fecha 20 de junio de 2002, tal como consta en el informe efectuado por dicho Organismo.
Que IMAGEN SATELITAL SOCIEDAD ANONIMA informó que no hizo uso, ni se encuentra interesada en el mantenimiento de los registros para la prestación del Servicio de Transmisión de Datos y del Servicio de Valor Agregado pertenecientes a EL SITIO ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA.
Que ha tomado la intervención que le compete al servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, el que entiende que corresponde cancelar la licencia otorgada a la empresa EL SITIO ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, en virtud de lo señalado por IMAGEN SATELITAL SOCIEDAD ANONIMA, y en atención al tiempo transcurrido desde la perfección de la operatoria societaria y al nuevo marco legal (Ley 27.078- modificada por Decreto 267/15).
Que han tomado la intervención pertinente el Coordinador General de Asuntos Ejecutivos y el Coordinador General de Asuntos Técnicos, conforme lo establecido en el Acta de Directorio Nº 17 de fecha 17 de febrero de 2017
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27.078, el Decreto N° 267/2015 y el Acta N° 1 de fecha 5 de enero de 2016 del Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES y lo acordado en su Acta N° 18 de fecha 30 de marzo de 2017.
Por ello,
EL DIRECTORIO
DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- CANCÉLASE la Licencia Única de Servicios de Telecomunicaciones, y el registro de los Servicios de Valor Agregado y Acceso a Internet otorgados a la Empresa EL SITIO ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-68831385-2) por Resolución Nº 4535 de fecha 7 de diciembre de 1999, dictada por la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente PRESIDENCIA DE LA NACION.
ARTÍCULO 2°.- NOTIFÍQUESE al interesado conforme a lo establecido en el Artículo 11 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y de conformidad con los términos y alcances previstos en el Artículo 40 y concordantes del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto Nº 1.759/72 T.O. 1991.
ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — Miguel Angel De Godoy.
e. 10/04/2017 N° 22205/17 v. 10/04/2017
Fecha de publicación 10/04/2017