MINISTERIO DE COMUNICACIONES ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución 2152-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 05/04/2017
VISTO el Expediente N° 5423/1995 del Registro de la ex COMISIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, y
CONSIDERANDO:
Que, por el Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes Nros. 27.078 y 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y de la ex Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.
Que mediante Resolución N° 93, de fecha 12 de septiembre de 1995, dictada por la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA Y COMUNICACIONES se le otorgó al INSTITUTO MOVILIZADOR DE FONDOS COOPERATIVOS – COOPERATIVA LIMITADA (CUIT 30-53757458-1) Licencia para la prestación de los Servicios de Transmision de Datos y Valor Agregado.
Que las Licencias que se tratan, fueron otorgadas en los términos de la Resolución N° 477 de fecha 17 de febrero de 1993 dictada por la ex COMISIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES.
Que con fecha 17 de marzo de 2016, se solicita la baja de las licencias oportunamente otorgadas.
Que cumplidos los requisitos correspondientes y recabada la intervención que le compete, el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES se expide en el sentido que se proceda a la cancelación de dichas licencias.
Que han tomado la intervención pertinente el Coordinador General de Asuntos Ejecutivos y el Coordinador General de Asuntos Técnicos, conforme lo establecido en el Acta de Directorio N° 17 de fecha 17 de febrero de 2017
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27.078, el Decreto N° 267/2015, el Acta N° 1 de fecha 5 de enero de 2016 del Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES y lo acordado en su Acta N° 18 de fecha 30 de marzo de 2017.
Por ello,
EL DIRECTORIO
DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- CANCÉLANSE las Licencias para la prestación de los Servicios de Transmision de Datos y Valor Agregado, otorgadas al INSTITUTO MOVILIZADOR DE FONDOS COOPERATIVOS – COOPERATIVA LIMITADA (CUIT 30-53757458-1) mediante Resolución N° 93 de fecha 12 de septiembre de 1995, dictada por la entonces SECRETARÍA DE ENERGÍA Y COMUNICACIONES.
ARTÍCULO 2°.- La medida adoptada en el Artículo 1°, tendrá vigencia a partir del 17 de marzo de 2016.
ARTÍCULO 3°.- NOTIFÍQUESE al interesado conforme a lo establecido en el Artículo 11 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y de conformidad con los términos y alcances previstos en el Artículo 40 y concordantes del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1.759/72 T.O. 1991.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Miguel Angel De Godoy.
e. 11/04/2017 N° 22555/17 v. 11/04/2017
Fecha de publicación 11/04/2017