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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Decisión Administrativa 237/2017

Apruébase y adjudícase Licitación Pública N° 59/2016.

Ciudad de Buenos Aires, 11/04/2017

VISTO el Expediente N° E-12119-2016 y sus agregados Nros. E-12123-2016, E-12124-2016, E-19372-2016, del Registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, el Decreto Nº 1023 del 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios y complementarios y el Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por Decreto Nº 893 del 7 de junio de 2012 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la Licitación Pública N° 59/2016 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, autorizada por Resolución N° 1329 del 27 de septiembre de 2016 del mencionado Organismo, con el objeto de lograr la adquisición de alimentos no perecederos, indispensables para satisfacer la demanda de personas en situación de vulnerabilidad social y/o disponer de ellos ante emergencias climáticas, en el marco del Plan Nacional de Seguridad Alimentaria, solicitados por la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS ALIMENTARIAS, entonces dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y ARTICULACIÓN INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que conforme el Acta de Apertura de Ofertas de fecha 31 de octubre de 2016 en la Licitación Pública N° 59/2016, se presentaron las siguientes firmas: COMPAÑÍA COMERCIAL MAYORISTA S.R.L. (oferta 1), PREMIDIA S.A. (oferta 2), R.P.G. S.A. (oferta 3), M. H. ACCURSO S.R.L. (oferta 4), COPACABANA S.A. (oferta 5), NOMEROBO S.A. (oferta 6), ALIMENTOS GENERALES S.A. (oferta 7), LOMAS DEL SOL S.R.L. (oferta 8), CAREAGA HNOS. Y TEGLIA S.R.L. (oferta 9), MOLINOS TRES ARROYOS S.A. (oferta 10), CONDIMENT S.A. (oferta 11), ALISEC S.A.C. (oferta 12), BESSONE S.A. (oferta 13), RIDOLFO HNOS. (oferta 14), COMPAÑÍA AMERICANA DE ALIMENTOS S.A. (oferta 15), SANTA ELENA ALIMENTOS S.A. (oferta 16), ALIMENTOS FRANSRO S.R.L. (oferta 17), MIGUEL PIO URIBURU (oferta 18), GRUPO COLONIA S.A. (oferta 19) y TUX S.A. (oferta 20).

Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN informó los Precios Testigo, proporcionados mediante las Notas de fechas 1° de noviembre de 2016 (Orden de Trabajo Nº 1369/2016) y 10 de enero de 2017, de acuerdo a lo normado por el Anexo II de la Resolución SIGEN Nº 122/2016.

Que se solicitó mejoras de precio a las firmas COMPAÑÍA COMERCIAL MAYORISTA S.R.L. (oferta 1) para el renglón 64, PREMIDIA S.A. (oferta 2) para los renglones 5 y 6, R.P.G. S.A. (oferta 3) para los renglones 1 y 2 y 64, ALIMENTOS GENERALES S.A. (oferta 7) para el renglón 64, LOMAS DEL SOL S.R.L. (oferta 8) para el renglón 64, SANTA ELENA ALIMENTOS S.A. (oferta 16) para los renglones 50 y 51, MIGUEL PIO URIBURU (oferta 18) para los renglones 50, 51, 52, 53, 54, 55 y 56 y GRUPO COLONIA S.A. (oferta 19) para los renglones 64, 65, 66, 67 y 68, en razón de superar sus cotizaciones unitarias el Precio Testigo suministrado por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN.

Que las firmas COMPAÑÍA COMERCIAL MAYORISTA S.R.L. (oferta 1), R.P.G. S.A. (oferta 3), PREMIDIA S.A. (oferta 2), GRUPO COLONIA S.A. (oferta 19), ALIMENTOS GENERALES S.A. (oferta 7), MIGUEL PIO URIBURU (oferta 18) y SANTA ELENA ALIMENTOS S.A. (oferta 16), informan las mejoras de los precios solicitados.

Que la Comisión Evaluadora del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, en función de los análisis técnicos preliminares, mejoras de precios y de la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación Nº 05/2017 del citado Ministerio, sugiriendo las ofertas inadmisibles, las ofertas o marcas a desestimar, las ofertas desistidas, los renglones fracasados y estableciendo los Órdenes de Mérito correspondientes.

Que se han efectuado las notificaciones pertinentes y la difusión en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, según lo prescripto en los artículos 56 y 92 del Anexo al Decreto N° 893/12 y sus modificatorios y en el Boletín Oficial.

Que se han realizado procedimientos excepcionales de difusión, tales como su comunicación a la UNIÓN ARGENTINA DE PROVEEDORES DEL ESTADO (UAPE) y su difusión en la página de Internet Institucional del Ministerio.

Que se produjeron impugnaciones al Dictamen de Evaluación N° 05/2017 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que la firma M.H. ACCURSO S.R.L. (oferta 4), realizó una impugnación del Dictamen de Evaluación N° 05/2017 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, en relación a la preadjudicación de los renglones 60 y 61.

Que la DIRECCIÓN DE PATRIMONIO Y SUMINISTROS dependiente de la entonces SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, se expidió mediante Informe de fecha 31 de enero de 2017, respecto a la impugnación presentada por la firma M. H. ACCURSO S.R.L. (oferta 4) contra el Dictamen de Evaluación N° 05/2017 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, sobre la cual resuelve, que por un error involuntario en dicho Dictamen, se preadjudicó a la firma M. H. ACCURSO S.R.L. (oferta 4) el renglón 61, cuando correspondía preadjudicarlo a las firmas CONDIMENT S.A. (oferta 11), por DOS (2) parciales de 62.500 kilogramos cada uno (total 125.000) y ALIMENTOS GENERALES S.A. (oferta 7), por UN (1) parcial de 125.000 kilogramos, y el renglón 62 por 250.000 kilogramos a la firma ALIMENTOS GENERALES S.A. (oferta 7), por lo que corresponde hacer lugar a la impugnación realizada por la firma M. H. ACCURSO S.R.L. (oferta 4).

Que se consignó por un error involuntario en el Dictamen de Evaluación N° 05/2017 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL en las observaciones de los renglones 36, 37, 38, 39, 40, 41 y 42 que se declaran fracasadas 47.500 latas, cuando correspondía citar kilogramos.

Que las firmas COPACABANA S.A. (oferta 5) y NOMEROBO S.A. (oferta 6), realizaron impugnaciones al Dictamen de Evaluación N° 05/2017 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, mediante las cuales cuestionan los motivos de dicho Dictamen por el cual se les declaró inadmisibles sus ofertas.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, mediante Dictamen Jurídico de fecha 3 de febrero de 2017 ha analizado las impugnaciones presentadas por las firmas COPACABANA S.A. (oferta 5) y NOMEROBO S.A. (oferta 6), expidiéndose en el sentido que corresponde rechazar las ofertas de las mismas por los motivos y de acuerdo a la normativa allí expuestos.

Que las firmas ALIMENTOS GENERALES S.A. (oferta 7) para los renglones 57, 58 y 59; CAREAGA HERMANOS Y TEGLIA S.R.L. (oferta 9), para el renglón 58 y ALISEC S.A.C. (oferta 12), para el renglón 57; manifestaron que no renovaban sus ofertas, cuyo vencimiento operó el 27 de febrero de 2017.

Que en consecuencia corresponde dar por desistidas dichas ofertas y declarar fracasados un millón ciento veinticinco mil (1.125.000) kilogramos de lentejas de los renglones 57, 58, 61, 62 y 63, por no contarse con ofertas válidas vigentes.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento a la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto Nº 1344/07 y el artículo 14, incisos d), e) y g), del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional, aprobado por el Decreto Nº 893/12, ambos modificados por su similar N° 690/16.

Por ello,

EL JEFE

DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el procedimiento de selección cumplido respecto de la Licitación Pública N° 59/2016 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, tendiente a lograr la adquisición de alimentos no perecederos, indispensables para satisfacer la demanda de personas en situación de vulnerabilidad social y/o disponer de ellos ante emergencias climáticas, en el marco del Plan Nacional de Seguridad Alimentaria, solicitados por la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS ALIMENTARIAS, entonces dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y ARTICULACIÓN INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

ARTÍCULO 2°.- Recházanse las impugnaciones realizadas por las firmas COPACABANA S.A. (oferta 5) y NOMEROBO S.A. (oferta 6) contra el Dictamen de Evaluación N° 05/2017 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, por las causales expuestas en los Considerandos de la presente.

ARTÍCULO 3°.- Hágase lugar a la impugnación efectuada por la firma M. H. ACCURSO S.R.L. (oferta 4) contra el Dictamen de Evaluación N° 05/2017 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, acorde a lo expuesto en los Considerandos de la presente.

ARTÍCULO 4º.- Decláranse inadmisibles en la Licitación Pública N° 59/2016 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL a las ofertas presentadas por las firmas COPACABANA S.A. (oferta 5), NOMEROBO S.A. (oferta 6) y TUX S.A. (oferta 20) por las causales expuestas en el Dictamen de Evaluación N° 05/2017 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

ARTÍCULO 5°.- Desestímanse en la Licitación Pública N° 59/2016 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL las ofertas presentadas por las firmas: R.P.G. S.A. (oferta 3) en los renglones 1 a 4 sólo la marca Copa de Oro, renglones 5 a 7, 8 a 14, en los renglones 29 a 35 sólo la marca Agromar, en los renglones 57 a 63 sólo la marca Monarca y en los renglones 64 a 70 sólo la marca Nory; LOMAS DEL SOL S.R.L. (oferta 8) para los renglones 1 a 4, 5 a 7, 8 a 14, 15 a 21, 22 a 28, en las tres (3) cotizaciones de los renglones 29 a 35, sólo la marca Sabores del Valle, renglones 43 a 49, 57 a 63 y 64 a 70; ALIMENTOS GENERALES S.A. (oferta 7) en los renglones 8 a 14, sólo la marca Doña Luisa, y en los renglones 57 a 63 sólo la marca Olinto; ALISEC S.A.C. (oferta 12) para los renglones 8 a 14, y en el renglón 57 sólo la marca Adenomar; ALIMENTOS FRANSRO S.R.L. (oferta 17) para los renglones 8 a 14; COMPAÑÍA COMERCIAL MAYORISTA S.R.L. (oferta 1) para los renglones 29 a 35 y 57 a 63, y los renglones 64 a 70 sólo la marca Insignia; y RIDOLFO HERMANOS (oferta 14) para los renglones 43 a 49; por las causales expuestas en el Dictamen de Evaluación N° 05/2017 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y en los Considerandos de la presente.

ARTÍCULO 6°.- Decláranse fracasados en la Licitación Pública N° 59/16 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL UN MILLÓN SETECIENTAS CINCUENTA MIL (1.750.000) latas de conserva de duraznos en mitades en jarabe diluido correspondientes a los renglones 1, 2, 3 y 4; UN MILLÓN DOSCIENTAS CINCUENTA MIL (1.250.000) latas de conserva de peras en mitades en jarabe diluido correspondientes a los renglones 5, 6 y 7; CUARENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS (47.500) kilogramos de granos de choclo en conserva tipo cremoso correspondientes a los renglones 36, 37, 38, 39, 40, 41 y 42; UN MILLÓN CIENTO VEINTICINCO MIL (1.125.000) kilogramos de lentejas secas correspondientes a los renglones 57, 58, 61, 62 y 63; y DOSCIENTOS CINCUENTA MIL (250.000) kilogramos de yerba mate elaborada con palo correspondientes a los renglones 64, 65, 66, 67, 68, 69 y 70; conforme lo expuesto en el Dictamen de Evaluación N° 05/2017 del mencionado Organismo, y lo expuesto en los Considerandos de la presente.

ARTÍCULO 7º.- Dánse por desistidas en la Licitación Pública Nº 59/2016 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL las ofertas presentadas por las firmas PREMIDIA S.A. (oferta 2) para los renglones 44, 45 y 46; R.P.G. S.A. (oferta 3) para el renglón 57; ALIMENTOS GENERALES S.A. (oferta 7) para los renglones 57, 58 y 59; CAREAGA HERMANOS Y TEGLIA S.R.L. (oferta 9), para el renglón 58, ALISEC S.A.C. (oferta 12) para el renglón 57 y GRUPO COLONIA (oferta 19) para el renglón 57; por las causales expuestas en el Dictamen de Evaluación N° 05/2017 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y lo que surge de los Considerandos de la presente.

ARTÍCULO 8º.- Adjudícase la Licitación Pública N° 59/2016 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL por las causales expuestas en el Dictamen de Evaluación Nº 05/2017 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y en los Considerandos de la presente, a las firmas, cantidades, marcas y montos que a continuación se detallan:

COMPAÑÍA COMERCIAL MAYORISTA S.R.L. –C.U.I.T. N° 30-71403852-0 (oferta 1)

Renglón 41, por NOVENTA Y CINCO MIL (95.000) kilogramos de granos de choclo en conserva tipo cremoso marca Inalpa, en latas por 350 gramos, según Pliego ……..……………................…………. $ 3.655.600.-

Renglón 70, por CIENTO VEINTICINCO MIL (125.000) kilogramos de yerba mate elaborada con palo marca Misionense, en paquetes por 500 gramos, según Pliego, según mejora …........................ $5.508.750.-

TOTAL ADJUDICADO ..………...........………...…..................$ 9.164.350.-

PREMIDIA S.A. -C.U.I.T. Nº 30-64035521-9 (oferta 2)

Renglón 5, por DOSCIENTOS CINCUENTA MIL (250.000) latas por 820 gramos de Conserva de Peras en mitades en jarabe diluido, marca Alco, según Pliego, según mejora ....................................... $ 6.437.500.-

Renglón 15, por DOSCIENTOS CINCUENTA MIL (250.000) kilogramos de Mermelada de frutas, sabor durazno, marca Alco, en frascos por 454 gramos, según Pliego …............................................. $ 10.200.000.-

Renglón 16, por DOSCIENTOS CINCUENTA MIL (250.000) kilogramos de Mermelada de frutas, sabor durazno, marca Alco, en frascos por 454 gramos, según Pliego …......................................…... $ 10.200.000.-

Renglón 17, por DOSCIENTOS CINCUENTA MIL (250.000) kilogramos de Mermelada de frutas, sabor durazno, marca Alco, en frascos por 454 gramos, según Pliego .…......…............................…... $ 10.200.000.-

Renglón 36, por CIENTO NOVENTA MIL (190.000) kilogramos de granos de choclo en conserva tipo cremoso, marca Alco, en latas por 350 gramos, según Pliego ……............................................…... $ 6.840.000.-

Renglón 37, por CIENTO NOVENTA MIL (190.000) kilogramos de granos de choclo en conserva tipo cremoso, marca Alco, en latas por 350 gramos, según Pliego …….............................................…... $ 6.840.000.-

Renglón 38, por CIENTO NOVENTA MIL (190.000) kilogramos de granos de choclo en conserva tipo cremoso, marca Alco, en latas por 350 gramos, según Pliego ….............................……..........…..... $ 6.840.000.-

Renglón 39, por CIENTO NOVENTA MIL (190.000) kilogramos de granos de choclo en conserva tipo cremoso, marca Alco, en latas por 350 gramos, según Pliego …...................................................... $ 6.840.000.-

TOTAL ADJUDICADO …….................................…….……. $ 64.397.500.-

R.P.G. S.A. - C.U.I.T. Nº 30-71125398-6 (oferta 3)

Renglón 1, por DOSCIENTOS CINCUENTA MIL (250.000) latas por 820 gramos de Conserva de Duraznos en mitades en jarabe diluido, marcas Deuce/Río Salado, según Pliego, según mejora ……......... $ 7.624.750.-

Renglón 34, por CIENTO NOVENTA MIL (190.000) kilogramos de arvejas secas remojadas, marca Monte Nevi, en envases por 350 gramos, según Pliego .…...............................................................….. $ 3.716.590.-

Renglón 35, por CIENTO NOVENTA MIL (190.000) kilogramos de arvejas secas remojadas, marca Monte Nevi, en envases por 350 gramos, según Pliego .….........................................................…...….. $ 3.716.590.-

Renglón 40, por CUARENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS (47.500) kilogramos de granos de choclo en conserva tipo cremoso marca Monte Nevi, en latas por 350 gramos, según Pliego ……...........… $ 1.813.075.-

Renglón 41, por NOVENTA Y CINCO MIL (95.000) kilogramos de granos de choclo en conserva tipo cremoso marca Monte Nevi, en latas por 350 gramos, según Pliego ….........................................…… $ 3.626.150.-

Renglón 70, por CIENTO VEINTICINCO MIL (125.000) kilogramos de yerba mate elaborada con palo marca Petiribi, en paquetes por 500 gramos, según Pliego, según mejora …..........................… $ 5.555.000.-

TOTAL ADJUDICADO ………........................………………. $ 26.052.155.-

M. H. ACCURSO S.R.L. - C.U.I.T. Nº 30-70833560-2 (oferta 4)

Renglón 60, por DOSCIENTOS CINCUENTA MIL (250.000) kilogramos de lentejas secas marca Aurelia, en envases por 500 gramos, según Pliego ……...................................................................……... $ 6.225.000.-

TOTAL ADJUDICADO ….......................................……....…. $ 6.225.000.-

ALIMENTOS GENERALES S.A. - C.U.I.T. Nº 30-70879913-7 (oferta 7)

Renglón 33, por CIENTO NOVENTA MIL (190.000) kilogramos de arvejas secas remojadas, marca Monte Nevi, en envases por 350 gramos, según Pliego ……….......................................................…..... $ 3.674.600.-

Renglón 40, por CIENTO CUARENTA Y DOS MIL QUINIENTOS (142.500) kilogramos de granos de choclo en conserva tipo cremoso marca Monte Nevi, en latas por 350 gramos según Pliego …….…...… $ 5.405.025.-

Renglón 64, por QUINIENTOS MIL (500.000) kilogramos de yerba mate elaborada con palo, marca Yeruti, en paquetes por 500 gramos, según Pliego, según mejora ….................................................…. $ 21.950.000.-

TOTAL ADJUDICADO …...............................………………. $ 31.029.625.-

LOMAS DEL SOL S.R.L. -C.U.I.T. Nº 30-67324990-2 (oferta 8)

Renglón 30, por CIENTO NOVENTA MIL (190.000) kilogramos de arvejas secas remojadas, marca Monte Nevi, en envases por 350 gramos, según Pliego .…...…........…......................................……….. $ 3.653.700.-

Renglón 31, por CIENTO NOVENTA MIL (190.000) kilogramos de arvejas secas remojadas, marca Monte Nevi, en envases por 350 gramos, según Pliego .…...................................................…..……….. $ 3.653.700.-

Renglón 32, por CIENTO NOVENTA MIL (190.000) kilogramos de arvejas secas remojadas, marca Monte Nevi, en envases por 350 gramos, según Pliego .…...…..................................................……….. $ 3.653.700.-

Renglón 42, por CIENTO CUARENTA Y DOS MIL QUINIENTOS (142.500) kilogramos de granos de choclo en conserva tipo cremoso, marca Monte Nevi, en latas por 350 gramos según Pliego …...… $ 5.581.725.-

TOTAL ADJUDICADO ….................................……….……. $ 16.542.825.-

CAREAGA HERMANOS Y TEGLIA S.R.L. - C.U.I.T. Nº 30-52165438-0 (oferta 9)

Renglón 59, por DOSCIENTOS CINCUENTA MIL (250.000) kilogramos de lentejas secas marca La Abadía, en envases por 500 gramos, según Pliego .…............................................................................… $ 5.300.000.-

TOTAL ADJUDICADO ….............................…………………. $ 5.300.000.-

CONDIMENT S.A. -C.U.I.T. Nº 30-63692842-5 (oferta 11)

Renglón 61, por CIENTO VEINTICINCO MIL (125.000) kilogramos de lentejas secas, en envases por 500 gramos, marca Huerta Verde, según Pliego ……....................................................................…...… $ 3.287.500.-

TOTAL ADJUDICADO …..............................……………….... $ 3.287.500.-

ALISEC S.A.C. - C.U.I.T. Nº 30-60260855-3 (oferta 12)

Renglón 18, por DOSCIENTOS CINCUENTA MIL (250.000) kilogramos de Mermelada de frutas, sabor durazno, marca Dulcor, en frascos por 454 gramos, según Pliego .…......................................…... $ 10.715.000.-

Renglón 19, por DOSCIENTOS CINCUENTA MIL (250.000) kilogramos de Mermelada de frutas, sabor durazno, marca Dulcor, en frascos por 454 gramos, según Pliego .…................................…....….. $ 10.715.000.-

TOTAL ADJUDICADO ……......................………………….. $ 21.430.000.-

RIDOLFO HERMANOS - C.U.I.T. Nº 30-54509119-0 (oferta 14)

Renglón 20, por DOSCIENTOS CINCUENTA MIL (250.000) kilogramos de Mermelada de frutas, sabor durazno, marca Caroyense, en frascos por 454 gramos, según Pliego …....................................... $ 10.745.000.-

Renglón 21, por DOSCIENTOS CINCUENTA MIL (250.000) kilogramos de Mermelada de frutas, sabor durazno, marca Caroyense, en frascos por 454 gramos, según Pliego .…...................................... $ 10.745.000.-

TOTAL ADJUDICADO ………...................................……… $ 21.490.000.-

COMPAÑÍA AMERICANA DE ALIMENTOS S.A. - C.U.I.T. Nº 30-70779374-7 (oferta 15)

Renglón 8, por DOSCIENTOS CINCUENTA MIL (250.000) kilogramos de Alimento a base de azúcar y cacao, marca Almira, en paquetes por 400 gramos, según Pliego …........................................……. $ 4.931.250.-

Renglón 9, por DOSCIENTOS CINCUENTA MIL (250.000) kilogramos de Alimento a base de azúcar y cacao, marca Almira, en paquetes por 400 gramos, según Pliego …......……………................…………. $ 4.931.250.-

Renglón 10, por DOSCIENTOS CINCUENTA MIL (250.000) kilogramos de Alimento a base de azúcar y cacao, marca Almira, en paquetes por 400 gramos, según Pliego …................................................ $ 4.931.250.-

Renglón 11, por DOSCIENTOS CINCUENTA MIL (250.000) kilogramos de Alimento a base de azúcar y cacao, marca Almira, en paquetes por 400 gramos, según Pliego ……............................................ $ 4.931.250.-

Renglón 12, por DOSCIENTOS CINCUENTA MIL (250.000) kilogramos de Alimento a base de azúcar y cacao, marca Almira, en paquetes por 400 gramos, según Pliego ..............................................….. $ 4.931.250.-

Renglón 13, por DOSCIENTOS CINCUENTA MIL (250.000) kilogramos de Alimento a base de azúcar y cacao, marca Almira, en paquetes por 400 gramos, según Pliego .….......................................…… $ 4.931.250.-

Renglón 14, por DOSCIENTOS CINCUENTA MIL (250.000) kilogramos de Alimento a base de azúcar y cacao, marca Almira, en paquetes por 400 gramos, según Pliego .....................................…….…... $ 4.931.250.-

TOTAL ADJUDICADO …..............................….................... $ 34.518.750.-

SANTA ELENA ALIMENTOS S.A. -C.U.I.T. Nº 30-70923063-4 (oferta 16)

Renglón 43, por DOSCIENTOS CINCUENTA MIL (250.000) kilogramos de Puré de Tomate, marca Invicta, en envases por 520 gramos, según Pliego ………......................................................................… $ 4.062.500.-

Renglón 44, por DOSCIENTOS CINCUENTA MIL (250.000) kilogramos de Puré de Tomate, marca Invicta, en envases por 520 gramos, según Pliego …….........................................…………...………….… $ 4.062.500.-

Renglón 45, por DOSCIENTOS CINCUENTA MIL (250.000) kilogramos de Puré de Tomate, marca Invicta, en envases por 520 gramos, según Pliego …….........................................…....…......................… $ 4.062.500.-

Renglón 46, por DOSCIENTOS CINCUENTA MIL (250.000) kilogramos de Puré de Tomate, marca Invicta, en envases por 520 gramos, según Pliego …………...............................................................…… $ 4.062.500.-

Renglón 47, por DOSCIENTOS CINCUENTA MIL (250.000) kilogramos de Puré de Tomate, marca Invicta, en envases por 520 gramos, según Pliego ………............................................................………... $ 4.062.500.-

Renglón 48, por DOSCIENTOS CINCUENTA MIL (250.000) kilogramos de Puré de Tomate, marca Invicta, en envases por 520 gramos, según Pliego …..............................................................................… $ 4.062.500.-

Renglón 49, por DOSCIENTOS CINCUENTA MIL (250.000) kilogramos de Puré de Tomate, marca Invicta, en envases por 520 gramos, según Pliego …..............................................................................… $ 4.062.500.-

Renglón 50, por CIENTO SETENTA MIL (170.000) kilogramos de Carne Vacuna Curada y Cocida, marca Santa Elena, en latas por 332 gramos, según Pliego, según mejora ….................................….…... $ 12.289.300.-

Renglón 51, por CIENTO SETENTA MIL (170.000) kilogramos de Carne Vacuna Curada y Cocida, marca Santa Elena, en latas por 332 gramos, según Pliego, según mejora .............................................. $ 12.289.300.-

TOTAL ADJUDICADO ……….............................……..……. $ 53.016.100.-

MIGUEL PIO URIBURU -C.U.I.T. Nº 20-07642056-5 (oferta 18)

Renglón 22, por QUINIENTOS MIL (500.000) latas por 90 gramos de Conserva de carne tipo picadillo, marcas La Negra/ Changuito, según Pliego …….............................................................................. $ 1.945.000.-

Renglón 23, por QUINIENTOS MIL (500.000) latas por 90 gramos de Conserva de carne tipo picadillo, marcas La Negra/ Changuito, según Pliego …….................................................................…......... $ 1.945.000.-

Renglón 24, por QUINIENTOS MIL (500.000) latas por 90 gramos de Conserva de carne tipo picadillo, marcas La Negra/ Changuito, según Pliego ..................................................................................... $ 1.945.000.-

Renglón 25, por QUINIENTOS MIL (500.000) latas por 90 gramos de Conserva de carne tipo picadillo, marcas La Negra/ Changuito, según Pliego ………...................................................................….... $ 1.945.000.-

Renglón 26, por QUINIENTOS MIL (500.000) latas por 90 gramos de Conserva de carne tipo picadillo, marcas La Negra/ Changuito, según Pliego ………..................................................................……. $ 1.945.000.-

Renglón 27, por QUINIENTOS MIL (500.000) latas por 90 gramos de Conserva de carne tipo picadillo, marcas La Negra/ Changuito, según Pliego ……..................................................................………. $ 1.945.000.-

Renglón 28, por QUINIENTOS MIL (500.000) latas por 90 gramos de Conserva de carne tipo picadillo, marcas La Negra/ Changuito, según Pliego ………..................................................................……. $ 1.945.000.-

Renglón 52, por CIENTO SETENTA MIL (170.000) kilogramos de Carne Vacuna Curada y Cocida, marca Changuito, en latas por 340 gramos, según Pliego, según mejora …….........................………… $ 12.301.200.-

Renglón 53, por CIENTO SETENTA MIL (170.000) kilogramos de Carne Vacuna Curada y Cocida, marca Changuito, en latas por 340 gramos, según Pliego, según mejora ……..................................….. $ 12.301.200.-

Renglón 54, por CIENTO SETENTA MIL (170.000) kilogramos de Carne Vacuna Curada y Cocida, marca Changuito, en latas por 340 gramos, según Pliego, según mejora ….............................………… $ 12.301.200.-

Renglón 55, por CIENTO SETENTA MIL (170.000) kilogramos de Carne Vacuna Curada y Cocida, marca Changuito, en latas por 340 gramos, según Pliego, según mejora ……..............................…….. $ 12.301.200.-

Renglón 56, por CIENTO SETENTA MIL (170.000) kilogramos de Carne Vacuna Curada y Cocida, marca Changuito, en latas por 340 gramos, según Pliego, según mejora ….................................…….. $ 12.301.200.-

TOTAL ADJUDICADO …..................................................... $ 75.121.000.-

GRUPO COLONIA S.A. -C.U.I.T. Nº 30-68482910-2 (oferta 19)

Renglón 29, por CIENTO NOVENTA MIL (190.000) kilogramos de arvejas secas remojadas, marca Agromar, en envases por 350 gramos, según Pliego ......................................................................... $ 3.553.000.-

Renglón 65, por QUINIENTOS MIL (500.000) kilogramos de yerba mate elaborada con palo, marca El Vivero, en paquetes por 1 kilogramo, según Pliego, según mejora …......................................….… $ 22.000.000.-

Renglón 66, por QUINIENTOS MIL (500.000) kilogramos de yerba mate elaborada con palo, marca El Vivero, en paquetes por 1 kilogramo, según Pliego, según mejora ……....................................…… $ 22.000.000.-

Renglón 67, por QUINIENTOS MIL (500.000) kilogramos de yerba mate elaborada con palo, marca El Vivero, en paquetes por 1 kilogramo, según Pliego, según mejora …............................................... $ 22.000.000.-

Renglón 68, por QUINIENTOS MIL (500.000) kilogramos de yerba mate elaborada con palo, marca El Vivero, en paquetes por 1 kilogramo, según Pliego, según mejora ….....................................…..… $ 22.000.000.-

Renglón 69, por QUINIENTOS MIL (500.000) kilogramos de yerba mate elaborada con palo, marca El Vivero, en paquetes por 1 kilogramo, según Pliego, según mejora ….......................................…… $ 22.000.000.-

TOTAL ADJUDICADO ..…...........................................…... $ 113.553.000.-

ARTÍCULO 9°.- Autorízase a la DIRECCIÓN DE PATRIMONIO Y SUMINISTROS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL a emitir las Órdenes de Compra respectivas conforme las adjudicaciones consignadas en el Artículo 8° de la presente.

ARTÍCULO 10.- La erogación que asciende a la suma total de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y UN MILLONES CIENTO VEINTISIETE MIL OCHOCIENTOS CINCO ($ 481.127.805.-), se imputará con cargo a los créditos específicos de la Jurisdicción 85 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL para el Ejercicio 2017.

ARTÍCULO 11.- Delégase en la Ministra de Desarrollo Social la facultad para aprobar la ampliación o disminución de la presente licitación.

ARTÍCULO 12.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Carolina Stanley.

Fecha de publicación 12/04/2017