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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 193-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 03/04/2017

VISTO el Expediente N° 1.711.537/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, las Leyes Nros. 22.520 y sus modificatorias (t.o. Decreto N° 438/92) y 26.377, el Decreto N° 1.370 de fecha 25 de agosto de 2008, y la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 450 de fecha 19 de julio de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 450/16 se creó en la órbita de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL el “REGISTRO NACIONAL DE ENTIDADES DE COMPLEMENTACIÓN PREVISIONAL”, en el que deberán registrarse, con carácter obligatorio, todas las cajas, fondos y/o regímenes complementarios de jubilaciones y pensiones, cualquiera sea su norma de creación, existentes o a crearse en el futuro.

Que por el artículo 3° de la citada resolución se estableció en CIENTO VEINTE (120) días desde su entrada en vigencia, el plazo para la presentación de la documentación requerida a las entidades existentes a los efectos de su inscripción en el REGISTRO NACIONAL DE ENTIDADES DE COMPLEMENTACIÓN PREVISIONAL, creado por el artículo 1° de la misma norma.

Que atento las características de la documentación e información que las entidades deben acompañar para su incorporación al REGISTRO NACIONAL DE ENTIDADES DE COMPLEMENTACIÓN PREVISIONAL y las reiteradas solicitudes de asesoramiento recibidas por la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL en orden a la presentación y confección de las mismas, se advierte la necesidad de extender dicho plazo con el objeto de facilitar y promover el proceso de registración de las entidades de complementación previsional alcanzadas por la norma.

Que por lo expuesto, se estima necesario proceder a prorrogar el plazo de inscripción y el de publicación por igual período al establecido en el artículo 3° y 5° respectivamente, de la Resolución M.T.E. y S.S. N° 450/2016.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 22.520 y sus modificatorias (t.o. Decreto N° 438/92).

Por ello,

EL MINISTRO

DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Prorrógase por CIENTO VEINTE (120) días el plazo establecido en el artículo 3° de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 450/2016 para la presentación inicial de la información y documentación señalada en el mismo.

ARTÍCULO 2°.- Prorrógase por CIENTO OCHENTA (180) días el plazo establecido en el artículo 5° de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 450/16 para la publicación en el Boletín Oficial del listado con todas las entidades registradas para su conocimiento público.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto Jorge Triaca.

e. 12/04/2017 N° 23264/17 v. 12/04/2017

Fecha de publicación 12/04/2017