Edición del
10 de Mayo de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE COMUNICACIONES ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 2170-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 05/04/2017

VISTO el Expediente Nº 5.048/2015, del Registro de la ex COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 267, de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las Leyes Nros. 27.078 y 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, y de la ex Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Que mediante Resolución N° 6.828, del 23 de septiembre de 2016, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, otorgó a NEUTICS S.A.P.E.M. (C.U.I.T. 30-71437516-0), Licencia e inscripción en el Registro de Servicios TIC – Servicio Valor Agregado – Acceso a Internet, previsto en el Artículo 3°, del Anexo de la Resolución Enacom N° 2.483, de fecha 16 de mayo de 2016.

Que por el Artículo 3° de dicha Resolución, se otorgó a la licenciataria un plazo de CIENTO OCHENTA (180) días, para la presentación de la constancia de inscripción del Acta de Asamblea Ordinaria N° 2, del 17/11/2015, ante el Registro Público de Comercio Provincial de Neuquén.

Que el día 7 de diciembre de 2016, la empresa NEUTICS S.A.P.E.M. (C.U.I.T. 30-71437516-0), presentó ante este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, copia certificada por escribano público, de la constancia de inscripción ante la Dirección General del Registro Público de Comercio de la provincia del Neuquén, de dicha acta.

Que habida cuenta de ello, corresponde tener por cumplido con lo establecido en el Artículo 3°, de la Resolución N° 6.828, del 23 de septiembre de 2016, dictada por este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que ha tomado la intervención que le compete, el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que han tomado la intervención pertinente el Coordinador General de Asuntos Ejecutivos y el Coordinador General de Asuntos Técnicos, conforme lo establecido en el Acta de Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES Nº 17 de fecha 17 de febrero de 2017.

Que la presente medida, se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 267/2015, y el Acta N° 1, de fecha 5 de enero de 2016 del Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES y lo acordado en su Acta N° 18, de fecha 30 de marzo de 2017.

Por ello,

EL DIRECTORIO

DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- TÉNGASE por cumplida, por parte de la empresa NEUTICS S.A.P.E.M. (C.U.I.T. 30-71437516-0), la presentación de la documentación establecida en el Artículo 3° de la Resolución N° 6.828, del 23 de septiembre de 2016, dictada por el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

ARTÍCULO 2°.- NOTIFÍQUESE a la interesada, conforme a lo establecido en el Articulo 11 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549, y de conformidad con los términos y alcances previstos en el Articulo 40 y concordantes, del Decreto N° 1.759, de fecha 3 de abril de 1972 (t.o. 1991).

ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — Miguel Angel De Godoy.

e. 17/04/2017 N° 23149/17 v. 17/04/2017

Fecha de publicación 17/04/2017