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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

Resolución 180-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 12/04/2017

VISTO: el Decreto N° 13 del 5 de enero de 2016 y el expediente electrónico EX-2017-03102382-APN- DDYMDE#MM del registro del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto N° 13 del 5 de enero de 2016 se estableció la conformación organizativa de los niveles políticos del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN creándose, entre otras, la SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA Y GOBIERNO ABIERTO, en la órbita de la SECRETARÍA DE GESTIÓN E INNOVACIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que entre las competencias asignadas a la SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA Y GOBIERNO ABIERTO, se encuentran las de “Coordinar los recursos necesarios para potenciar la innovación pública y cívica, su apertura y cultura digital”.

Que para la consecución de los fines enunciados, es necesario generar herramientas destinadas a fortalecer los ecosistemas innovadores del sector público municipal con el objeto de capacitar líderes y equipos municipales de las diferentes provincias de la REPÚBLICA ARGENTINA en metodologías ágiles, cultura digital y procesos de innovación con el fin de implementar dichas herramientas y tecnologías en proyectos de nivel local.

Que, en ese marco, es oportuno contar con un instrumento apto para profundizar las políticas de fortalecimiento y sustentabilidad de esos ecosistemas.

Que en virtud de ello, se considera necesaria la creación del Programa ECOSISTEMA DE CIUDADES INNOVADORAS.

Que, en el marco del Programa ECOSISTEMA DE CIUDADES INNOVADORAS, participarán diferentes municipios de todo el territorio nacional y tendrá como finalidad conectar a referentes en innovación pública de dichos municipios, brindar un marco teórico - práctico para el diseño de proyectos innovadores y asesorar a los municipios participantes en el diseño e implementación de proyectos específicos.

Que, asimismo, los municipios accederán al asesoramiento mediante la realización de certámenes.

Que, en consecuencia, se hace necesario aprobar la realización del Primer CERTAMEN NACIONAL DE ECOSISTEMAS DE CIUDADES INNOVADORAS 2017 que se realizará en el marco del referido Programa y las respectivas Bases y Condiciones que regirán el evento, el listado de los Municipios preseleccionados para participar en el mismo y el formulario de inscripción.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta con fundamento en las facultades asignadas a esta cartera ministerial por la ley N° 22.520 (Texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO

DE MODERNIZACIÓN

RESUELVE

ARTÍCULO 1°.- Créase el programa “ECOSISTEMA DE CIUDADES INNOVADORAS” en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA Y GOBIERNO ABIERTO, dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN E INNOVACIÓN PÚBLICA de este MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, de conformidad con el objeto, los objetivos, las definiciones de términos y actores intervinientes y herramientas previstas en el Anexo IF-2017-05187337-APN-SSIPYGA#MM que se agrega a la presente Resolución, formando parte integrante de la misma.

ARTÍCULO 2°.- Apruébase la convocatoria al CERTAMEN NACIONAL DE ECOSISTEMAS DE CIUDADES INNOVADORAS 2017 y el Reglamento de Bases y Condiciones que regirá el mismo, de acuerdo con lo establecido en el Anexo IF-2017-04900743-APN-SSIPYGA#MM, que se agrega a la presente e integra la presente Resolución.

ARTÍCULO 3°.- Apruébase la nómina de los municipios preseleccionados para la participación del CERTAMEN NACIONAL DE ECOSISTEMAS DE CIUDADES INNOVADORAS 2017, conforme lo dispuesto en el Anexo IF-2017-04900792-APN-SSIPYGA#MM que se agrega a la presente y forma parte integrante de esta medida.

ARTÍCULO 4°.- Apruébase el formulario de inscripción al Certamen que forma parte integrante del presente acto administrativo mediante documento electrónico IF-2017-04900859-APN-SSIPYGA#MM.

ARTÍCULO 5°.- La SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA Y GOBIERNO ABIERTO será la autoridad de aplicación e interpretación del Reglamento de Bases y Condiciones del Certamen.

ARTÍCULO 6°.- Delégase en la SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA Y GOBIERNO ABIERTO el dictado de las normas reglamentarias y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente medida.

ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y, cumplido, archívese. — Andrés Horacio Ibarra.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 18/04/2017 N° 24262/17 v. 18/04/2017

Fecha de publicación 18/04/2017