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SERVICIO EXTERIOR

Decreto 273/2017

Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la República Tunecina.

Ciudad de Buenos Aires, 20/04/2017

VISTO el Expediente N° EX-2017-03597510-APN-DGRHYPO#MRE, la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957, el Decreto N° 1014 de fecha 24 de junio de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud de lo establecido en el artículo 8° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957, los funcionarios de las categorías “B” y “C” del Servicio Exterior de la Nación pueden ser acreditados temporalmente como Jefes de Misión con rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, cuando razones de servicio así lo aconsejen.

Que por Decreto N° 1014/14 se trasladó desde el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO a la Misión Permanente de la República ante la ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA AGRICULTURA y LA ALIMENTACIÓN (FAO) en la Ciudad de Roma, REPÚBLICA ITALIANA, designándoselo Representante Permanente de la República ante la ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA AGRICULTURA Y LA ALIMENTACIÓN (FAO), al señor Ministro Plenipotenciario de Primera Clase D. Claudio Javier ROZENCWAIG.

Que oportunamente el Gobierno de la REPÚBLICA TUNECINA concedió el plácet de estilo al señor Ministro Plenipotenciario de Primera Clase D. Claudio Javier ROZENCWAIG, para su designación como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante dicho país.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.

Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL y la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han intervenido en el ámbito de sus respectivas competencias.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para disponer en la materia, de acuerdo con las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Trasládase desde la Misión Permanente de la República ante la ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA AGRICULTURA y LA ALIMENTACIÓN (FAO) a la Embajada de la República en la REPÚBLICA TUNECINA al señor Ministro Plenipotenciario de Primera Clase D. Claudio Javier ROZENCWAIG (D.N.I. N° 16.822.638).

ARTÍCULO 2º.- Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPÚBLICA TUNECINA al señor Ministro Plenipotenciario de Primera Clase D. Claudio Javier ROZENCWAIG.

ARTÍCULO 3°.- Acredítase al funcionario mencionado en el artículo anterior, mientras dure la misión encomendada, con el rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, de conformidad con el artículo 8° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957.

ARTÍCULO 4º.- Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto se imputarán a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Susana Mabel Malcorra.

Fecha de publicación 21/04/2017