MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Decreto 284/2017
Designación.
Ciudad de Buenos Aires, 21/04/2017
VISTO el Expediente N° EX-2017-03266759-APN-DDMEAPYA#MRE, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional asigna particular importancia e interés a la promoción de la cultura argentina en el exterior.
Que a esos efectos se propone designar al señor D. Darío Eduardo LOPERFIDO como Representante Especial para la Promoción de la Cultura Argentina.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.
Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL y la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han intervenido en el ámbito de sus respectivas competencias.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para disponer en la materia, de acuerdo con las atribuciones conferidas por los artículos 99, inciso 7, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 6° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 y sus modificatorias.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Desígnase Representante Especial para la Promoción de la Cultura Argentina al señor D. Darío Eduardo LOPERFIDO (D.N.I. N° 16.930.197).
ARTÍCULO 2°.- Establécese que el señor D. Darío Eduardo LOPERFIDO tendrá la categoría de Ministro Plenipotenciario de Segunda Clase, al sólo efecto protocolar, durante el desempeño de sus funciones.
ARTÍCULO 3°.- Asígnanse funciones al señor D. Darío Eduardo LOPERFIDO en la Embajada de la República en la REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA.
ARTÍCULO 4°.- Asígnase al funcionario mencionado en el artículo anterior como remuneración mensual por todo concepto, la suma equivalente a la que percibe un Ministro Plenipotenciario de Segunda Clase en la Embajada de la República en la REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA.
ARTÍCULO 5°.- Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto se imputarán a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Susana Mabel Malcorra.
Fecha de publicación 24/04/2017