ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS - ADUANA DE COLÓN
EDICTO
“----Se cita a las personas detalladas al pie del presente para que dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir de la publicación del presente comparezcan en los Sumarios Contenciosos que se especifican, a efectos de presentar sus defensas y ofrecer pruebas por la presunta infracción a los artículos que se detallan de la Ley 22.415 (Código Aduanero) y bajo apercibimiento de declarar su rebeldía en los términos del Art. 1105 de mismo cuerpo legal. Asimismo deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de esta Aduana (Art. 1001 C.A.) bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados de esta Oficina Aduanera, en donde se notificarán de pleno derecho de todas las resoluciones y providencias que se dictaren, en la forma prevista en el inc. g) del Art. 1013 del mismo Código, conforme lo estatuido por el Art. 1004 del citado texto legal. Se les hace saber que efectuado el pago voluntario del mínimo de la multa que pudiere corresponder por el hecho de que se trata deberán hacer expreso abandono de las mercaderías secuestradas a favor del Estado Nacional. Firmado: Hugo Miguel Guglielmino - Administrador Aduana de Colón - Aduana de Colón sito en Alejo Peyret 114 - COLON - ENTRE RIOS”.
APELLIDO Y NOMBRE | C.I.U. | SC13 N° | ARTs. | MONTO MULTA |
RODRIGUEZ COCELLA, Maicon A. | 4912389-1 | 37-2016/5 | 947 C.A. | $38850,00 |
ACEVEDO GUTIÉRREZ, Enrique D. | 4696513-9 | 37-2016/5 | 947 C.A. | $38850,00 |
COLON,
Hugo Miguel Guglielmino, Administrador, División Aduana Colón.
e. 25/04/2017 N° 25658/17 v. 25/04/2017
Fecha de publicación 25/04/2017