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Primera sección


MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES

Disposición 54-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 25/04/2017

VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-S01 N° 169153/2016 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Decreto Delegado N° 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios y el Decreto N° 893 de fecha 7 de junio de 2012 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la Licitación Pública N° 3/2016 que tiene por objeto la suscripción de UN (1) ACUERDO MARCO para la adquisición de Computadoras y Notebooks que requieran las jurisdicciones y entidades comprendidas en el ámbito de aplicación del Decreto N° 1.023/01.

Que el procedimiento de selección antes referido ha sido encuadrado en las estipulaciones previstas en el artículo 25, inciso a) del Decreto Delegado N° 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios, bajo la modalidad Acuerdo Marco en los términos de los artículos 200, inciso g) y 225 y siguientes del Capítulo VIII del Título VII, todos del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 893 de fecha 7 de junio de 2012 y sus modificatorios.

Que por Disposición de la Oficina Nacional de Contrataciones N° 20 de fecha 24 de mayo de 2016, se autorizó la convocatoria bajo el encuadre normativo antes señalado, se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el modelo de Acuerdo Marco a perfeccionarse y se autorizó a la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN a llevar adelante el presente procedimiento.

Que se difundió la convocatoria de que se trata fijándose la fecha de apertura para el día 23 de junio de 2016.

Que por Circular Modificatoria N° 1 se prorrogó la presentación de ofertas y la fecha de apertura para el día 27 de junio de 2016.

Que posteriormente, mediante Circular N° 2 se volvió a prorrogar la fecha de presentación de ofertas y la fecha de apertura para el día 04 de julio de 2016.

Que con fecha 04 de julio de 2016 se realizó el acto de apertura de ofertas recibiéndose la propuesta de las firmas ACSYS S.A. (CUIT: 30-70913685-9), CORADIR S.A. (CUIT: 30-67338016-2), DINATECH S.A. (CUIT: 30-70783096-0), EXO S.A. (CUIT: 30-57960755-2), NEWSAN S.A. (CUIT: 30-64261755-5), PC ARTS ARGENTINA S.A. (CUIT: 30-70860230-9), y TACCO CALPINI (CUIT: 30-66327198-5), de acuerdo a la información contenida en el Acta de Apertura de Ofertas.

Que la Comisión Evaluadora de Ofertas designada al efecto en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 83 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 893/12 emitió el Dictamen de Evaluación N° IF-2016-03037747-APN-DCYC#MM a instancias de los aspectos técnicos y formales y la documentación aportada por el oferente.

Que dicha Comisión opinó que las ofertas de las firmas ACSYS S.A., CORADIR S.A., DINATECH S.A., EXO S.A., NEWSAN S.A., PC ARTS ARGENTINA S.A., y TACCO CALPINI cumplen con lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares por lo que resultan admisibles.

Que en el mencionado Dictamen de Evaluación se dejó constancia que la empresa NB DISTRIBUIDORA MAYORISTA S.R.L. presentó su oferta, pero la misma fue descartada por haber sido recibida con posterioridad al horario límite para la presentación de ofertas establecido, habiendo sido devuelta por MEMO ME -2016-00205291, por lo que no fue objeto de evaluación por parte de esa Comisión.

Que la oferta presentada por ACSYS S.A. para los renglones Nros. 1 a 48 y 73 a96, la oferta presentada por DINATECH S.A. para los renglones Nros. 73 a 96, la oferta presentada por NEWSAN S.A. para los renglones Nros. 1 a 96 y 121 a 168, y la oferta alternativa para los Renglones Nros. 73 a 96, y laoferta presentada por TACCO CALPINI para los renglones Nros. 1 a 48, 73 a 96, y la oferta alternativa para los Renglones Nros. 1 a 24 (alternativas 1 y 2), 25 a 48 (alternativas 1 y 2), 73 a 96 (alternativa 1), y 121 a 168 (alternativa 1), no se ajustan a lo solicitado en el Pliego de Especificaciones Técnicas, ya que los procesadores ofertados tienen una antigüedad de lanzamiento al mercado internacional mayor a doce (12) meses, por lo cual resultan técnicamente inadmisibles.

Que la Comisión Evaluadora puso de resalto en su Dictamen que la empresa ACSYS S.A. presentó cotización para los Renglones 97 a 120 pero no presentó especificaciones técnicas, y para los Renglones 145 a 168 presentó especificaciones técnicas pero no cotización, razón por la cual fueron descartados.

Que el Dictamen de Evaluación fue debidamente notificado a los oferentes con fecha 8 de Noviembre de 2016.

Que en la misma fecha antes señalada se difundió en el sitio web de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES dependiente de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que cumplido el plazo a que se refiere el artículo 93 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 893/12 no se recibieron impugnaciones al Dictamen de Evaluación.

Que por Decreto N° 117 de fecha 17 de febrero de 2017 se redujeron todas las alícuotas correspondientes al Derecho de Importación Extrazona (D.I.E.) a CERO POR CIENTO (0,00%), lo que generará una gran variación de los precios en el mercado e impactará en los precios ofertados en el presente proceso, razón por la cual resulta conveniente dejar sin efecto la licitación de referencia.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo establecido en los artículos 11, incisos f) e i) y 20 del Decreto N° 1023/01 y en uso de las facultades conferidas por el artículo 14 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 893/12.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el procedimiento realizado para la Licitación Pública N° 3/2016 cuyo objeto es la suscripción de UN (1) ACUERDO MARCO en los términos de los artículos 200, inciso g) y 225 y siguientes del Capítulo VIII del Título VII, todos del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 893 de fecha 7 de junio de 2012 y sus modificatorios para adquisición de Computadoras y Notebooks.

ARTÍCULO 2°.- Déjase sin efecto la Licitación Pública 3/2016 al amparo de lo establecido en el artículo 20 del Decreto Delegado N° 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001, y en el artículo 121 del Decreto N° 893 de fecha 7 de junio de 2012.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Nestor Aurelio Diaz.

e. 28/04/2017 N° 27259/17 v. 28/04/2017

Fecha de publicación 28/04/2017