Edición del
5 de Mayo de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 6212/2017

31/03/2017

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: Circular RUNOR 1 - 1279

Tasas de intercambio máximas aplicables a transacciones con tarjetas de débito, de crédito y de compra.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:

“- Disponer que, con vigencia desde el 1.04.17, las tasas de intercambio que las entidades financieras apliquen sobre el monto de cada transacción realizada con las tarjetas de débito, de crédito y de compra que emitan, no podrán superar los porcentajes que se detallan en el siguiente cronograma:

PeríodoTasa de intercambio máxima para operaciones con tarjetas de débito (en %)Tasa de intercambio máxima para operaciones con tarjetas de crédito/compra (en %)
20171,002,00
20180,901,85
20190,801,65
20200,701,50
Desde 20210,601,30

A estos efectos, se define como tasa de intercambio la retribución de la entidad financiera emisora de la tarjeta —en concepto de comisión— sobre cada transacción realizada.

A efectos de la aplicación de los límites mencionados en esta norma, será considerada parte de la tasa de intercambio cualquier otro mecanismo de retribución o compensación a los emisores, establecido por adquirentes, titulares de las marcas y/o cualquier otro intermediario en las operaciones de pago o actividades conexas, que tenga un objeto o efecto equivalente al de la tasa de intercambio.”

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas. — Agustín Torcassi, Subgerente General de Normas.

e. 02/05/2017 N° 26411/17 v. 02/05/2017

Fecha de publicación 02/05/2017