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PERSONAL MILITAR

Decreto 317/2017

Nómbrase en Misión Permanente Agregado Militar a la Embajada Argentina en los Estados Unidos de América.

Ciudad de Buenos Aires, 04/05/2017

VISTO lo informado por el señor Jefe del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO, lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que es necesario designar en comisión permanente, a partir de la firma del presente Decreto y por el término de SETECIENTOS SESENTA (760) días, a UN (1) Oficial Superior perteneciente al EJÉRCITO ARGENTINO, para que se desempeñe como Agregado Militar a la Embajada de la REPÚBLICA ARGENTINA en los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

Que el señor Jefe del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO y el MINISTERIO DE DEFENSA han seleccionado al General de Brigada D. Gustavo Javier VIDAL (D.N.I. N° 14.126.111), para que desempeñe la citada función.

Que la presente designación se efectúa de acuerdo con lo establecido por la Resolución Conjunta del MINISTERIO de DEFENSA Nº 646/13 y del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO N° 651/13.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA, han tomado la intervención que les compete.

Que la medida propuesta se dicta en virtud de las atribuciones conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el artículo 10 de la Ley Nº 20.957 del Servicio Exterior de la Nación y sus modificatorias.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Nómbrase en Misión Permanente y por el término de SETECIENTOS SESENTA (760) días, a partir de la firma del presente Decreto, al General de Brigada D. Gustavo Javier VIDAL (D.N.I. N° 14.126.111), para que se desempeñe como Agregado Militar a la Embajada de la REPÚBLICA ARGENTINA en los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

ARTÍCULO 2º.- Otórgase carácter de permanente a la presente comisión.

ARTÍCULO 3º.- El ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO (Contaduría General del Ejército), procederá a liquidar y abonar los montos correspondientes, conforme a las normas y reglamentaciones en vigencia, a efectos de cumplir con la designación establecida.

ARTÍCULO 4º.- Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto serán imputados a las partidas del Presupuesto General de la Administración Nacional del Ejercicio 2017 y a los créditos que a tal efecto se prevean para los años sucesivos, JURISDICCIÓN 4521, ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO.

ARTÍCULO 5º.- Por la DIRECCIÓN NACIONAL DE CEREMONIAL se otorgará el pasaporte correspondiente.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Julio Cesar Martinez. — Susana Mabel Malcorra.

Fecha de publicación 05/05/2017