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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA

Decisión Administrativa 289/2017

Desígnase Director de Promoción de la Competencia.

Ciudad de Buenos Aires, 08/05/2017

VISTO el Expediente EX-2016-04965722-APN-DDYME#MP, la Ley N° 27.341 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017, los Decretos Nros. 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, y 227 de fecha 20 de enero de 2016 y la Resolución N° 614 de fecha 31 de octubre de 2016 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1° de la Resolución N° 614 de fecha 31 de octubre de 2016 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN se aprobó la estructura organizativa de segundo nivel operativo de la COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA, organismo desconcentrado en la órbita de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Que en virtud de específicas razones de servicio de la Dirección Nacional de Promoción de la Competencia dependiente de la COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA, organismo desconcentrado en la órbita de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se considera imprescindible la cobertura transitoria de UN (1) cargo vacante, Nivel B, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel III de Director de Promoción de la Competencia.

Que el artículo 7° de la Ley Nº 27.341 estableció que no se podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad, sin la previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que la cobertura de dicho cargo implica hacer una excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.341 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017.

Que por el Decreto N° 227 de fecha 20 de enero de 2016 se dispuso, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y transitoria, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecretario será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que la medida propuesta no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 7° de la Ley N° 27.341 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017 y el artículo 1º del Decreto N° 227/16.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase transitoriamente, a partir del 1° de noviembre de 2016 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al Abogado Don Federico Adrián VOLUJEWICZ (M.I. N° 26.473.230) en el cargo de Director de Promoción de la Competencia dependiente de la Dirección Nacional de Promoción de la Competencia de la COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA, organismo desconcentrado en la órbita de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, Nivel B, Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.341 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017.

ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 1° de noviembre de 2016.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 51 - MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Francisco Adolfo Cabrera.

Fecha de publicación 09/05/2017