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1 de Octubre de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS - DIVISIÓN ADUANA DE ROSARIO

La DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, en virtud de lo dispuesto en el Art. 1ro. de la Ley 25603, para las mercaderías que se encuentran en la situación prevista en el Art. 417 de la Ley 22415, comunica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderías cuya identificación a continuación se indica, que podrán dentro del plazo de TREINTA (30) días corridos, solicitar alguna destinación autorizada, previo pago de las multas que por derecho correspondieren. Transcurrido el plazo mencionado, el Servicio Aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto en los Arts. 2do, 3ro, 4to y 5to. de la Ley 25603, y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna destinación aduanera para las mismas presentarse en DIVISION ADUANA DE ROSARIO Calle 3 de febrero 1331 - 2000 - ROSARIO.

DepositoMedioArriboManifiestoConocimientosBultosCantidadMercaderia
AEROPUERTO INTERNACI29/12/1616052MANI030868J052UY3883160223BULTOS5PALETA CULATA
07/02/1717052MANI003215T14504596885BULTOS24EFECTOS PERSONALES
01/03/1717052MANI005011P052UY3883170409BULTOS5BATERIAS SIN ACIDO
01/03/1717052MANI004980G052UY3883170433BULTOS4CAPILARES DE COBRE
06/03/1717052MANI005401S0520217-CH/2017PALETA1ANTIOXIDANTE LIQUIDO FORT

Héctor Gustavo Fadda, Administrador (I), División Aduana de Rosario, DI RAHI.

e. 09/05/2017 N° 29895/17 v. 09/05/2017

Fecha de publicación 09/05/2017