MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
Decisión Administrativa 301/2017
Adscríbese agente.
Ciudad de Buenos Aires, 12/05/2017
VISTO el Expediente N° EX-2016-04948315-APN-DCCYRL#MP y el Decreto N° 639 de fecha 18 de abril de 2002, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la adscripción al HONORABLE SENADO DE LA NACIÓN, de la señora Doña Marta Liliana CATUCCI (M.I. N° 11.066.261), quien presta servicios en la SUBSECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
Que la referida adscripción se ha originado a requerimiento expreso del Senador de la Nación, Doctor Miguel Ángel PICHETTO, del HONORABLE SENADO DE LA NACIÓN, con el objeto de que la mencionada agente brinde funciones de asesoramiento en distintas temáticas que aborden en ese ámbito.
Que el MINISTERIO DE PRODUCCIÓN presta conformidad a la adscripción de dicha agente.
Que la presente medida no implica erogación adicional alguna para el ESTADO NACIONAL.
Que la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y lo dispuesto en el punto 4) del Anexo I del Decreto Nº 639 de fecha 18 de abril de 2002.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Adscríbese por el término de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos, contados a partir del 1° de enero de 2017, desde la SUBSECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN al HONORABLE SENADO DE LA NACIÓN, a la señora Doña Marta Liliana CATUCCI (M.I. N° 11.066.261), Nivel B, Grado 8, Tramo Avanzado del Agrupamiento Profesional del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.
ARTÍCULO 2°.- Hágase saber a la referida agente que deberá presentar mensualmente ante la Dirección General de Recursos Humanos y Organización de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, una certificación de servicios extendida por la autoridad competente del HONORABLE SENADO DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Francisco Adolfo Cabrera.
Fecha de publicación 15/05/2017