BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 6222/2017
20/04/2017
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: Circular OPRAC 1 - 884. LISOL. 1 - 731. Financiamiento al sector público no financiero. Programa de Emisión de Títulos Públicos de la Provincia de Córdoba.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:
No formular observaciones, en el marco de la restricción contenida en el punto 2.1. de las normas sobre “Financiamiento al sector público no financiero”, a que las entidades financieras puedan adquirir Títulos de Deuda Pública a ser emitidos por la Provincia de Córdoba por hasta la suma de valor nominal US$ 150.000.000 en el marco del “Programa de Emisión de Títulos Públicos” —creado por el Decreto Provincial N° 1.250/16 y ampliado por el Decreto Provincial N° 379/17— y de acuerdo con las condiciones establecidas en la Resolución N° 57/17 de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda de la Nación, sin perjuicio de la observancia por parte de las entidades financieras intervinientes de las disposiciones en materia de “Fraccionamiento del riesgo crediticio”.
Las entidades financieras no podrán aplicar los recursos en moneda extranjera obtenidos de sus pasivos por intermediación financiera a la suscripción de los citados títulos de deuda denominados en moneda extranjera, de conformidad con lo previsto en las normas sobre “Política de crédito”.”
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas. — Agustín Torcassi, Subgerente General de Normas.
e. 17/05/2017 N° 31339/17 v. 17/05/2017
Fecha de publicación 17/05/2017