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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE COMUNICACIONES ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 3914-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 16/05/2017

VISTO el Expediente Nº 6.465/2004 del Registro de la ex COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto Nº 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las Leyes Nro. 27.078 y 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que mediante Resolución Nº 43, de fecha 7 de abril de 2009, dictada por la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, se le otorgó a la empresa TRANSAMERICAN TELECOMUNICATION SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. 30-70881516-7), Licencia para la prestación de los Servicios de Valor Agregado, Transmisión de Datos, Telefonía Local, Telefonía de Larga Distancia Nacional e Internacional y Telefonía Pública.

Que la Licencia de que se trata fue otorgada en los términos del Reglamento de Licencias para Servicios de Telecomunicaciones, aprobado por el Artículo 1º del Decreto Nº 764, de fecha 3 de setiembre de 2000.

Que mediante presentación fundada esa sociedad solicitó autorización para la modificación de su composición accionaria, mediante la cual INTERNEXA SOCIEDAD ANÓNIMA EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS MIXTA se constituirá en accionista mayoritario de la prestadora.

Que con fecha 2 de febrero de 2012, el prestador solicitó la cancelación del registro de los Servicios de Telefonía Local, Telefonía de Larga Distancia Nacional e Internacional y Telefonía Pública oportunamente otorgados.

Que la Ley Nº 27.078 de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones sancionada el 16 de diciembre de 2014, modificada por el Decreto Nº 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, estableció pautas y principios relativos al otorgamiento de una Licencia para la prestación de los servicios de Tecnología de la Información y las Comunicaciones (Servicios de TIC), como así también lo referido a la modificación en las participaciones sociales de las licenciatarias.

Que el Artículo 13 de la Ley Nº 27.078 establece que “Los licenciatarios deberán obtener autorización del ENACOM, para efectuar cualquier modificación de las participaciones accionarias o cuotas sociales en las sociedades titulares, que impliquen la pérdida de control social en los términos del artículo 33 de la LEY GENERAL DE SOCIEDADES Nº 19.550, T.O. 1984 y sus modificatorias, sin perjuicio del cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 25.156…”.

Que, conforme lo dispuesto en su Artículo 92, resulta de aplicación el Reglamento de Licencias para Servicios de Telecomunicaciones, aprobado como Anexo I del Decreto Nº 764/00, en todo lo que no se oponga a la citada Ley, y hasta tanto se dicte una nueva reglamentación en la materia.

Que de la conjunción de lo dispuesto en los Artículos 13 y 92 de la Ley Nº 27.078, resulta que el cambio de control societario se encuadra dentro las previsiones del Artículo 10.1.l) del Reglamento de Licencias para Servicios de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Nº 764/00, atento tratarse de una modificación de las participaciones sociales que conlleva un cambio de control y tiene consecuencias sobre un prestador de servicios de telecomunicaciones.

Que se han expedido las Áreas Técnicas pertinentes, cuyas intervenciones dan cuenta del cumplimiento, por parte de las empresas TRANSAMERICAN TELECOMUNICATION SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. 30-70881516-7) e INTERNEXA SOCIEDAD ANÓNIMA EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS MIXTA -en su carácter de nuevo accionista mayoritario de la licenciataria-, de los requisitos previstos en el Reglamento de Licencias mencionado para la modificación en las participaciones accionarias y la cancelación de servicios de telecomunicaciones.

Que el servicio jurídico permanente del organismo ha tomado la intervención de su competencia.

Que han tomado la intervención pertinente el Coordinador General de Asuntos Ejecutivos y el Coordinador General de Asuntos Técnicos, conforme lo establecido en el Acta del Directorio Nº 17 del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES de fecha 17 de febrero de 2017.

Que la presente medida, se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, el Acta de Directorio Nº 1 de fecha 5 de enero de 2016, del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, y lo acordado en su Acta N° 19 de fecha 4 de mayo de 2017.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- AUTORÍZASE la modificación de las participaciones accionarias en la empresa TRANSAMERICAN TELECOMUNICATION SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. 30-70881516-7), en la cual la empresa INTERNEXA SOCIEDAD ANÓNIMA EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS MIXTA se constituirá en accionista mayoritario de la Licenciataria.

ARTÍCULO 2º.- CANCÉLASE el registro de los Servicios de Telefonía Local, Telefonía de Larga Distancia Nacional e Internacional y Telefonía Pública oportunamente otorgados a la empresa TRANSAMERICAN TELECOMUNICATION SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. 30-70881516-7) a través de la Resolución Nº 43, de fecha 7 de abril de 2009, dictada por la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES.

ARTÍCULO 3º.- La medida adoptada en el Artículo 2º, tendrá vigencia a partir del 2 de febrero de 2012.

ARTÍCULO 4º.- Notifíquese al interesado conforme a lo establecido en el Artículo 11 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y de conformidad con los términos y alcances previstos en el Artículo 40 y concordantes del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto Nº 1.759/72 T.O. 1991.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Miguel Angel De Godoy.

e. 22/05/2017 N° 34068/17 v. 22/05/2017

Fecha de publicación 22/05/2017