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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE COMUNICACIONES ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 3857-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 15/05/2017

VISTO el Expediente N° 3753.00.0/2006 del Registro del ex COMITÉ FEDERAL DE RADIODIFUSIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las Leyes N° 27.078 y N° 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que por Resolución N° 1.027-COMFER/09, se adjudicó al señor Marcos Andrés SECCATORI, una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, con categoría “E”, en el canal 225, frecuencia 92.9 MHz., en la ciudad de SANTA ROSA, provincia de BUENOS AIRES, habiéndosele asignado la señal distintiva LRG 844.

Que se ha detectado la comisión de un error material en el nombre del licenciatario, siendo el correcto Marco Andrés SECCATORI, por lo que corresponde su rectificación conforme lo previsto en el Artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos aprobado mediante el Decreto N° 1759/72 (T.O. 1991).

Que, por otro lado, resulta procedente señalar que el licenciatario ha presentado la documentación técnica definitiva del servicio, la cual ha sido aprobada por la entonces COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES mediante el informe identificado como TRECNC 38617/11, del 8 de mayo de 2012.

Que se ha dado debido cumplimiento a las prescripciones contempladas por la Resolución N° 2.423-SC/99, modificada por su similar N° 1.619-SC/99, modificada esta última por Resolución N° 407-SC/00.

Que del informe elaborado por la mencionada ex COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES, identificado como TRECNC 38617/2011, de fecha 14 de junio de 2013, se desprende que, analizado el Certificado de Inspección Técnica, el mismo resulta de aceptación.

Que el licenciatario deberá cumplimentar lo dispuesto por la Resolución N° 3.690-CNC/04, respecto de la presentación de mediciones de radiaciones no ionizantes.

Que consecuentemente, deviene procedente habilitar el servicio en cuestión, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 84 de la Ley N° 26.522.

Que ello así, resulta procedente requerir la intervención del área competente a efectos de devolver la garantía de cumplimiento de las obligaciones emergentes de la adjudicación de licencia oportunamente constituida.

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que han tomado la intervención pertinente el Coordinador General de Asuntos Ejecutivos y el Coordinador General de Asuntos Técnicos, conforme lo establecido en el Acta de Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES N° 17 de fecha 17 de febrero de 2017.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 267/2015, el Acta N° 1 de fecha 5 de enero de 2016 del Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES y lo acordado en su Acta N° 19 de fecha 4 de mayo de 2017.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- RECTIFÍCASE el Artículo 1° de la Resolución N° 1.027-COMFER/09, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Adjudícase al señor Marco Andrés SECCATORI (D.N.I. N° 23.205.698), una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, categoría E, que operará en el canal 225, frecuencia, 92.9 MHz., identificada con la señal distintiva LRG 844, de la localidad de SANTA ROSA, provincia de LA PAMPA, de acuerdo con lo establecido por el Artículo 4° del Decreto N° 310/98 modificado por el Decreto N° 883/01 y reglamentado por Resolución N° 124-SG/02, modificada por sus similares Nros. 215- SG/04 y 672-SG/06, conforme lo expuesto en los considerandos”.

ARTÍCULO 2°.- Habilítanse las instalaciones y dénse inicio a las emisiones regulares correspondientes al servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia identificado con la señal distintiva LRG 844, de la ciudad de SANTA ROSA, provincia de LA PAMPA, cuya licencia fuera adjudicada por Resolución N° 1.027-COMFER/09 al señor Marco Andrés SECCATORI (D.N.I. N° 23.205.698), para operar en la frecuencia 92.9 MHz., canal 225, con categoría E, cuyos estudios y planta transmisora se encuentran emplazados en el domicilio sito en la calle Santa Fe N° 435, de las citadas ciudad y provincia, correspondiendo las coordenadas geográficas Latitud Sur: 36° 36´ 59,39´´ y Longitud Oeste: 64° 16´ 48,54´´.

ARTÍCULO 3°.- Determínase que el plazo de vigencia de la licencia, comenzará a correr a partir de la notificación del presente acto administrativo.

ARTÍCULO 4°.- Establécese que el licenciatario deberá dar cumplimiento a lo dispuesto por la Resolución N° 3.690-CNC/04.

ARTÍCULO 5°.- Procédase a la devolución de la garantía de cumplimiento de las obligaciones emergentes de la adjudicación de licencia oportunamente constiuida.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — Miguel Angel De Godoy.

e. 22/05/2017 N° 34105/17 v. 22/05/2017

Fecha de publicación 22/05/2017