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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA

Resolución 372-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 18/05/2017

VISTO el Expediente N° EX-2016-01218019-APN-DDYME#MEM, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 672 de fecha 15 de mayo de 2006 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, el PRESTADOR ADICIONAL DE LA FUNCIÓN TÉCNICA DE TRANSPORTE (PAFTT) se encuentra facultado a solicitar la conformidad para aplicar las condiciones de la PRESTACIÓN ADICIONAL DE LA FUNCIÓN TÉCNICA DE TRANSPORTE FIRME (PAFTT FIRME) de acuerdo al punto 3 “CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DE LA FUNCIÓN TÉCNICA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA” del Anexo 27 “REGLAMENTACIÓN APLICABLE A LA PRESTACIÓN ADICIONAL DE LA FUNCIÓN TÉCNICA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA FIRME EN EL MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM)”, de los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios (Los Procedimientos).

Que a tal efecto, la ex SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de la citada ex Secretaría, a través de la comunicación publicada en el Boletín Oficial Nº 30.931 de fecha 22 de junio de 2006, estableció los requisitos formales necesarios para tal solicitud.

Que en las actuaciones citadas en el Visto, la empresa ENERGÍA DE ENTRE RÍOS SOCIEDAD ANÓNIMA (ENERSA) solicitó la conformidad de esta Secretaría de acuerdo a lo establecido en el punto 3 “CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DE LA FUNCIÓN TÉCNICA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA”, inciso 3.1. “DE ACUERDO AL CONTRATO DE CONCESION” del Anexo 27 “REGLAMENTACIÓN APLICABLE A LA PRESTACIÓN ADICIONAL DE LA FUNCIÓN TÉCNICA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA FIRME EN EL MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM)” de Los Procedimientos.

Que en el Informe Técnico Nº IF-2017-01340964-APN-DNRMEM#MEM de la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA TÉRMICA, TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría, se señala que: “...desde el punto de vista técnico regulatorio, se considera que la presentación de la empresa ENERSA Energía de Entre Ríos S.A. ha dado cumplimiento a todos los contenidos requeridos por el punto 3.1. “DE ACUERDO AL CONTRATO DE CONCESIÓN” del ANEXO 27 REGLAMENTACIÓN APLICABLE A LA PRESTACIÓN ADICIONAL DE LA FUNCIÓN TÉCNICA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA FIRME EN EL MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) de LOS PROCEDIMIENTOS, referidos en la Comunicación de la ex Subsecretaría de Energía Eléctrica publicada en el Boletín Oficial Nº 30.931 de fecha 22 de junio de 2006, para obtener la conformidad de la Secretaría de Energía Eléctrica para aplicar a la Prestación Adicional de la Función Técnica de Transporte las Tarifas de Peaje según su Contrato de Concesión”.

Que de las actuaciones surge que el organismo con competencia y autoridad regulatoria local es el ENTE PROVINCIAL REGULADOR DE LA ENERGÍA (EPRE) de la Provincia de ENTRE RÍOS y como tal, resulta competente para el control y seguimiento futuro de las tarifas y requisitos previstos en la normativa, tal como se expide en el aval realizado para obtener la presente conformidad, en tanto se mantengan vigentes los requisitos previstos en la normativa.

Que la solicitud de conformidad aludida de la empresa ENERSA ha sido publicada en el Boletín Oficial Nº 33.545 de fecha 16 de enero de 2017, no presentándose objeciones a la misma.

Que por ello, corresponde otorgar a la empresa ENERSA la conformidad solicitada para que aplique a la PAFTT FIRME las tarifas de acuerdo a su contrato de concesión a los usuarios de su jurisdicción.

Que la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA TÉRMICA, TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención de su competencia.

Que por el artículo 11 de la Resolución N° 6 de fecha 25 de enero de 2016 de este Ministerio, se delegó en esta Secretaría las facultades asignadas a la citada ex Secretaría por los artículos 35, 36 y 37 de la Ley N° 24.065.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por el artículo 37 de la Ley Nº 15.336, los artículos 35, 36 y 85 de la Ley Nº 24.065, el artículo 1 del Decreto Nº 432 de fecha 25 de agosto de 1982 y el Decreto Nº 186 de fecha 25 de julio de 1995.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Préstase la conformidad solicitada por la empresa ENERGÍA DE ENTRE RÍOS SOCIEDAD ANÓNIMA (ENERSA) para que aplique a la PRESTACIÓN ADICIONAL DE LA FUNCIÓN TÉCNICA DE TRANSPORTE FIRME (PAFTT FIRME) las tarifas de su contrato de concesión a los usuarios de su jurisdicción.

ARTÍCULO 2°.- Notifíquese a la empresa ENERSA, al ENTE PROVINCIAL REGULADOR DE LA ENERGÍA (EPRE) de la Provincia de ENTRE RÍOS, a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO (CAMMESA) y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de este Ministerio.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alejandro Valerio Sruoga.

e. 22/05/2017 N° 34402/17 v. 22/05/2017

Fecha de publicación 22/05/2017