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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE COMUNICACIONES ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 3898-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 16/05/2017

VISTO el Expediente N° 13.229/16 del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto Nº 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las Leyes N° 27.078 y N° 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que las actuaciones del VISTO documentan la solicitud de aprobación de la transferencia de titularidad de la licencia de un servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia adjudicada por Resolución Nº 1.022-COMFER/09 adjudicado al señor Javier Alejandro FRANCO en la localidad de OLAVARRÍA, provincia de BUENOS AIRES a favor del señor Marcelo Gabriel MANOLIO.

Que cabe señalar que por Resolución Nº 1.022-COMFER/09 se adjudicó al señor Javier Alejandro FRANCO la licencia de un servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, en la frecuencia 103.9 MHz., Categoría E, señal distintiva LRP728 en la localidad de OLAVARRÍA, provincia de BUENOS AIRES y habilitado por Resolución N° 1.576-ENACOM/17.

Que el señor Javier Alejandro FRANCO cedió al señor Marcelo Gabriel MANOLIO todos los derechos y acciones que le corresponden sobre la licencia arriba mencionada.

Que el Artículo 41, en la redacción que le acuerda el Decreto N° 267/15 establece que “…Las licencias de servicios de comunicación audiovisual y las acciones y cuotas partes de sociedades licenciatarias sólo son transferibles a aquellas personas que cumplan con las condiciones de admisibilidad establecidas para su adjudicación…”.

Que el señor Marcelo Gabriel MANOLIO cumple con la totalidad de los requisitos exigidos por los Artículos 24 y 45 de la Ley Nº 26.522 en la redacción que le acuerda el Decreto Nº 267/2015 y concordantes y su reglamentación aprobada por Decreto N° 1.225/10.

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que han tomado la intervención pertinente el Coordinador General de Asuntos Ejecutivos y el Coordinador General de Asuntos Técnicos, conforme lo establecido en el Acta de Directorio Nº 17 del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES de fecha 17 de febrero de 2017.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 267/201, el Acta Nº 1 del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES de fecha 5 de enero de 2016 del Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, por el Artículo 41 de la Ley Nº 26.522, en la redacción que le acuerda el Decreto Nº 267/2015 y lo acordado en su Acta N° 19 de fecha 4 de mayo de 2017.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- APRUÉBASE la transferencia de titularidad de la licencia de un servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia adjudicada por Resolución Nº 1.022-COMFER/09 y habilitado por Resolución N° 1.576-ENACOM/16 al señor Javier Alejandro FRANCO en la localidad de OLAVARRÍA, provincia de BUENOS AIRES a favor del señor Marcelo Gabriel MANOLIO (C.U.I.T. Nº 20-17288720-2).

ARTÍCULO 2°.- Dentro del plazo de SESENTA (60) días se deberá acreditar el cumplimiento del pago del gravamen a los servicios de comunicación audiovisual, bajo apercibimiento de declarar la caducidad del presente acto administrativo, en los términos del artículo 21 de la Ley N° 19.549.

ARTÍCULO 3°.- Otórgase el plazo de TREINTA (30) días a efectos de acreditar la presentación de la “Declaración Jurada Anual de Servicios de Comunicación Audiovisual” dispuesta por la Resolución N° 1.502-AFSCA/14, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones que pudieran corresponder.

ARTÍCULO 4°.- Notífiquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — Miguel Angel De Godoy.

e. 23/05/2017 N° 34354/17 v. 23/05/2017

Fecha de publicación 23/05/2017