MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
Disposición 6-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 23/05/2017
VISTO la Ley N° 22.317, sus modificatorias, la Ley N° 27.341 relativas al Régimen de Crédito Fiscal en el ámbito del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES a través del INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA, la Ley Nº 25.300 de Fomento de las MiPyMEs y el Expediente N° EX-2017-08110607-APN-INET#ME del registro del MINISTERIO DE EDUCACION Y DEPORTES.
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario establecer el reglamento para la administración del Régimen de Crédito Fiscal de la Ley N° 22.317, conforme el cupo anual establecido por la Ley N° 27.341 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2017.
Que para ello, se han tenido en cuenta las experiencias recogidas durante los años 2005, 2006, 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que el Decreto N° 1895/02, dispone expresamente que la Dirección Ejecutiva del INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA, tiene la atribución de administrar el Régimen de la Ley N° 22.317 del Crédito Fiscal, y fijar en consecuencia el procedimiento a tal fin.
Que el cupo anual fijado por la Ley 27.341 cuya administración corresponde a éste INSTITUTO dependiente del MINISTERIO DE EDUCACION Y DEPORTES, asciende a la suma de PESOS DOSCIENTOS DIEZ MILLONES ($ 210.000.000.-).
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por Resolución Ministerial N° 2231 de fecha 28 de abril de 2017.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Reglamento para la Presentación, Evaluación, Asignación y Rendición de Proyectos de Educación Trabajo, en el marco del Régimen de Crédito Fiscal de la Ley N° 22.317, para la asignación del cupo anual previsto por la Ley Nº 27.341 para el ejercicio 2017 y que como Anexo (IF-2017-08121495-APN-INET#ME), forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- La presentación de Proyectos, deberá ajustarse a los formularios de Crédito Fiscal, de la Plataforma On Line, contenidos en la página Web del INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACION TECNOLOGICA.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Félix Lacroze.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 30/05/2017 N° 36015/17 v. 30/05/2017
Fecha de publicación 30/05/2017