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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN

Disposición 412-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 17/05/2017

VISTO el Expediente N° 1-2002-4300009693/12-2 del Registro de este SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN (SNR) y,

CONSIDERANDO:

Que la institución “EL PORTAL DEL SOL CENTRO DE HABILITACIÓN PARA DISMINUIDOS MENTALES -ASOCIACIÓN CIVIL SIN FINES DE LUCRO-, se encuentra inscripta en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD en la modalidad prestacional Educación General Básica, categoría “B”, con un cupo de ciento sesenta y nueve (169) concurrentes, en jornada simple y/o doble.

Que en virtud de las facultades conferidas por el artículo 6° del Decreto N° 1193/98, le corresponde al SNR ejercer el poder de policía y verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos para determinar la permanencia o baja de las instituciones que han ingresado al Registro Nacional de Prestadores.

Que conforme a dicha facultad, las Auditorías de Control o inducidas no son informadas al prestador con anterioridad a su realización.

Que el 7 de noviembre de 2012, se propició la realización de una auditoría de control a la institución, a realizarse el 13 de diciembre de 2012.

Que, con anterioridad a que dicha auditoría tuviera lugar, la institución solicitó la categorización en las modalidades prestacionales Educación Inicial, Servicio de Apoyo a la Integración Escolar y Formación Laboral, mediante la presentación del día 21 de noviembre de 2012.

Que los días 13 de diciembre de 2012, 8 de noviembre de 2016 y 28 de marzo de 2017 se realizaron las auditorías de control al establecimiento de marras.

Que en tales oportunidades se procedió a la evaluación de los antecedentes de los servicios de la mencionada institución según el MARCO BÁSICO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE PRESTACIONES Y ESTABLECIMIENTOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCPACIDAD aprobado por Resolución Ministerial N° 1328/06.

Que se utilizaron las Guías de Evaluación Institucional aprobadas por Resolución N° 14/00 de LA PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BÁSICAS DE ATENCIÓN INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD (PDSPBAIPD), las que obran en el expediente.

Que en oportunidad de realizarse la segunda auditoría mencionada, la institución informó el desistimiento de la solicitud de categorización de las modalidades prestacionales Educación Inicial, Servicio de Apoyo a la Integración Escolar y Formación Laboral.

Que por ello no se continuó impulsando la evaluación de tales servicios.

Que merituando la constatación en terreno y la documentación aportada, el 17 de abril de 2017 la Junta Evaluadora realizó el informe que hace a su competencia, en el que concluyó que la institución se encuentra en condiciones de recategorizar por aumento de cupo respecto de la modalidad prestacional Educación General Básica.

Que obra agregada en el expediente la Declaración Jurada de Población Asistida realizada por la institución, conforme Punto 8.2.2, Anexo 1, Resolución N°2/13 (PDSPBAIPD) que al momento de la auditoría era de ciento sesenta y dos (162) concurrentes, ciento dos (102) en jornada simple turno mañana y sesenta (60) en jornada doble.

Que también obra agregado en el expediente el formulario de constancia de recategorización, correspondiendo dicho cupo al máximo admitido de acuerdo a la capacidad física del establecimiento y al equipamiento efectivamente existente al momento de la auditoria, conforme el punto 8.2.3 del Anexo I de la precitada Resolución.

Que la DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN y la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS del SNR han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta por aplicación de los artículos 1°, inciso f), apartado 3) de la Ley N° 19.549, Ley Nacional de Procedimientos Administrativos y en virtud de las facultades conferidas al SNR por los Decretos Nros. 1193/98 y 627/10, y Disposición SNR N° 1176/11.

Por ello,

EL DIRECTOR A CARGO DEL DESPACHO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Recategorízase a la institución “EL PORTAL DEL SOL CENTRO DE HABILITACIÓN PARA DISMINUIDOS MENTALES” -ASOCIACIÓN CIVIL SIN FINES DE LUCRO-, C.U.I.T. N° 30-53832892-4, con domicilio legal en la calle Quintana N° 2955, Código Postal N° 7600, de la Ciudad de Mar del Plata, provincia de Buenos Aires y real en la calle Saavedra N° 2980, Planta Baja / Quintana N° 2955, Código Postal N° 7600, de la Ciudad de Mar del Plata, provincia de Buenos Aires, en la modalidad prestacional Educación General Básica con integración, categoría “A”, con un cupo de doscientos veintiocho (228) concurrentes, ciento cincuenta y cinco (155) concurrentes en jornada doble y setenta y tres (73) concurrentes en jornada simple.

ARTÍCULO 2°.- Reinscríbase a la institución “EL PORTAL DEL SOL CENTRO DE HABILITACIÓN PARA DISMINUIDOS MENTALES” -ASOCIACIÓN CIVIL SIN FINES DE LUCRO-, en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

ARTÍCULO 3°.- Dáse por desistido el trámite de categorización e inscripción en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD, de la institución “EL PORTAL DEL SOL CENTRO DE HABILITACIÓN PARA DISMINUIDOS MENTALES” -ASOCIACIÓN CIVIL SIN FINES DE LUCRO-, C.U.I.T. N° 30-53832892-4, con domicilio legal en la calle Quintana N° 2955, Código Postal N° 7600, de la Ciudad de Mar del Plata, provincia de Buenos Aires y real en la calle Saavedra N° 2980 Planta Baja/ Quintana N° 2955, Código Postal N° 7600, de la Ciudad de Mar del Plata, provincia de Buenos Aires, en las modalidades prestacionales Educación Inicial, Servicio de Apoyo a la Integración Escolar y Formación Laboral.

ARTÍCULO 4°.- Contra el presente acto podrá deducirse el Recurso de Reconsideración previsto en el artículo 84 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1759/72 (t.o. 1991) el que deberá interponerse en el plazo de diez (10) días de notificada la presente.

ARTÍCULO 5°.- Regístrese, notifíquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y cumplido, archívese. — Gustavo Liotta.

e. 31/05/2017 N° 36993/17 v. 31/05/2017

Fecha de publicación 31/05/2017