ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
Disposición 200-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 26/05/2017
VISTO la ACTUACION SIGEA AFIP N° 11468-87-2016 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la Actuación citada en el VISTO y en virtud de las necesidades funcionales del área, la Dirección Regional Comodoro Rivadavia propone designar al abogado Gonzalo Rafael GARCIA OWENS para que en el carácter de representante del Fisco, ejerza la representación judicial de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS en los procesos de ejecución fiscal que se promuevan por este Organismo.
Que se ha efectuado una evaluación de la presente gestión, de la cual surge que no genera una mayor erogación presupuestaria, en virtud de no producir modificaciones en la situación de revista del agente.
Que ha prestado su conformidad la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior.
Que la Subdirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta de su competencia.
Que de acuerdo a lo dispuesto por los Artículos 4° y 6° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997 y por la Disposición N° 254 (AFIP) del 22 de julio de 2016, procede disponer en consecuencia.
Por ello,
LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Desígnese al abogado Gonzalo Rafael GARCIA OWENS (D.N.I. N° 28.055.369 - Legajo N° 42.621/68) para que en el carácter de Representante del Fisco, ejerza la representación judicial de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS en los procesos de ejecución fiscal que se promuevan por este Organismo, en las situaciones a que se refieren los Artículos 92° y siguientes de la Ley N° 11.683 (Texto según Ley N° 26.044), Artículo 1° del Decreto N° 2102/93 y Artículos 1125° y concordantes del Código Aduanero (Ley N° 22.415).
ARTÍCULO 2°.- El representante del FISCO NACIONAL no podrá allanarse, desistir total o parcialmente, transar, percibir, renunciar o efectuar remisión o quita de derechos, salvo autorización expresa y por escrito de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — María Adriana Beltramone.
e. 02/06/2017 N° 37397/17 v. 02/06/2017
Fecha de publicación 02/06/2017