MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Decisión Administrativa 350/2017
Designación.
Ciudad de Buenos Aires, 05/06/2017
VISTO el Expediente N° EX-2016-05345117-APN-DGRHYO#MDS, la Ley N° 27.341, los Decretos Nº 355 del 21 de febrero de 2002, N° 20 del 10 de diciembre de 2007, N° 357 del 15 de febrero de 2016, N° 78 del 30 de enero de 2017 y Nº 355 del 22 de mayo de 2017, la Resolución del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL N° 1 del 2 de enero de 2008 y sus modificatorios, y lo propuesto por el citado Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.341 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017.
Que el artículo 7° de la citada Ley estableció que no se podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad, sin la previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que por el Decreto Nº 355/02 se sustituyó el artículo 1° de la Ley de Ministerios con sus modificatorias, creándose, entre otros, el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que por el Decreto N° 78/17 se aprobó la conformación organizativa del citado Ministerio.
Que por el Decreto N° 20/07 se aprobó la estructura organizativa del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL hasta el primer nivel operativo con dependencia directa del nivel político y por la Resolución del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL N° 01/08 y sus modificatorias, la segunda apertura.
Que el Decreto N° 355/17 estableció, entre otras cuestiones, que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o entidad correspondiente.
Que el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL considera imprescindible proceder a la cobertura de UN (1) cargo en el ámbito de la SECRETARIA DE ORGANIZACION Y COMUNICACIÓN COMUNITARIA, de Coordinador Territorial de la Dirección Nacional de Promoción y Gestión de Derechos dependiente de la Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales.
Que la Licenciada Silvia Andrea BON, debe ser exceptuada del cumplimiento de los requisitos mínimos previstos por el artículo 14 del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.
Que la SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN JURÍDICO INSITUCIONAL ha intervenido en el marco de sus competencias.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCION NACIONAL, por el artículo 7° de la Ley N° 27.341 y por el artículo 2° del Decreto Nº 355 del 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Exceptúase al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL de lo previsto en el artículo 7° de la Ley N° 27.341 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017, a los efectos de cubrir el cargo vacante, en la unidad organizativa, nivel, grado y función ejecutiva del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios, que se detalla en el artículo 2° de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Desígnase, con carácter transitorio, a partir del 2 de enero de 2017, y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida, a la Licenciada Silvia Andrea BON (D.N.I. N° 23.261.691), en el cargo de Coordinadora Territorial de la Dirección Nacional de Promoción y Gestión de Derechos dependiente de la Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales de la SECRETARIA DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, Nivel C – Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel IV, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO homologado por el Decreto Nº 2098/08 y sus modificatorios y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.
ARTÍCULO 3°.- El cargo involucrado en la presente decisión administrativa, deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modicatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.
ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Decisión Administrativa será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 85 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Carolina Stanley.
e. 06/06/2017 N° 39027/17 v. 06/06/2017
Fecha de publicación 06/06/2017