MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO SECRETARÍA DE CULTO
Resolución 113-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 11/05/2017
VISTO el Expediente Electrónico N°EX-2017-06538963-APN-DDMEAPYA#MRE, y
CONSIDERANDO:
Que la FEDERACIÓN ALIANZA CRISTIANA DE IGLESIAS EVANGÉLICAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA tiene por objetivo unir y representar a las iglesias y organizaciones de confesión evangélica radicadas en el territorio nacional.
Que la mencionada federación realizará durante el año 2017 la “Cadena Nacional de Oración”, que consistirá en que cada semana las iglesias evangélicas de una provincia de nuestro país lideren la oración por las necesidades locales de su jurisdicción y de la Nación.
Que el objetivo de la cadena de oración es invocar la protección de Dios, fuente de toda razón y justicia, conforme se establece en el Preámbulo de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Que el evento procura promover el acercamiento de las iglesias evangélicas en cada región, afianzando el carácter federal de la institución.
Que la entidad organizadora promueve conocer y respaldar por medio de la oración y acción a distintas instituciones de la sociedad.
Que es de interés para la Secretaría de Culto de este Ministerio, promocionar y apoyar iniciativas como la propuesta.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Artículo 2°, apartado IV) de la Resolución N° 1230 de fecha 5 de junio de 2008 del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
Por ello,
EL SECRETARIO DE CULTO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Auspíciase y declárase de interés para la SECRETARÍA DE CULTO de este Ministerio la realización de la “Cadena Nacional de Oración 2017”, organizada por la FEDERACIÓN ALIANZA CRISTIANA DE IGLESIAS EVANGÉLICAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, que se llevará a cabo durante el presente año.
ARTÍCULO 2°.- Establécese que la presente resolución no irrogará gasto alguno a este Ministerio.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Santiago Manuel De Estrada.
e. 06/06/2017 N° 38035/17 v. 06/06/2017
Fecha de publicación 06/06/2017