Edición del
5 de Mayo de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS - DIRECCIÓN REGIONAL ADUANERA HIDROVÍA - ADUANA DE ROSARIO

EDICTO

Rosario, 04 de Mayo de 2017.

Se cita al Sr./a que mas abajo se detalla para que dentro del plazo perentorio de diez (10) días hábiles comparezcan en los respectivos Sumarios Contenciosos que tramitan por ante la División Aduana de Rosario, en la que se ha resuelto correrle vista en los términos del artículo 1.101 del Código Aduanero, a efectos de que presenten sus defensas y ofrezcan prueba por la presunta comisión de la infracción imputada y penada por el Código Aduanero (Ley 22.415) que más abajo se detalla, bajo apercibimiento de rebeldía (Art. 1005 C.A.). Deberá en su primera presentación constituir domicilio en el radio urbano de la Aduana (Art. 1001 C.A.), debiendo tener presente lo prescripto por el Art. 1034 del C.A., bajo apercibimiento de los Arts. 1004, 1005, y 1013 inc. g) del citado cuerpo legal. La acción penal se extingue por el pago voluntario del mínimo de la multa impuesta (Arts. 930 y 932 del Código Aduanero), efectuado en tiempo y forma el antecedente no será registrado. Los interesados deberán presentarse en Sede de la División Aduana de Rosario sita en calle 3 de Febrero n° 1.331 de la Ciudad de Rosario Pcia. De Santa Fe., en horario administrativo de 8:00 a 16 hs. Fdo. Tec. Cicogna Gustavo Alejandro, Administrador (I) Div. Aduana de Rosario.

SIGEA /SUMARIO N°FIRMAINFRACCIÓN ART. C.A.IMPORTE MULTA
17539-124-2016SALAZAR FABIAN PABLO
CUIL N° 20-28187964-3
987$119.346,47
SA52-39/2017-3

Héctor Gustavo Fadda, Administrador (I), División Aduana Rosario, Dirección Regional Aduanera Hidrovía.

e. 06/06/2017 N° 38378/17 v. 06/06/2017

Fecha de publicación 06/06/2017