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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Resolución 375-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 24/05/2017

VISTO el Expediente Nº 1137/14 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DESERVICIOS DE SALUD; la Ley Nº 26.682 y las Resoluciones Nº 490 de fecha 10 de septiembre de 1990 del INSTITUTO NACIONAL DE OBRAS SOCIALES y Nº 287 de fecha 31 de Julio de 2002 de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD; y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente Nº 1137/2014-SSSALUD, la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA FIDEERA (RNOS Nº 1-0790-9) solicita se proceda a darle de baja a su Plan de Adherentes.

Que al efecto, la Entidad acompaña copia certificada del Acta Nº 225, de fecha 26 de septiembre de 2013, por la cual se instrumenta la decisión del Consejo Directivo de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA FIDEERA de no recibir, en lo sucesivo, a la citada población beneficiaria.

Que por Resolución Nº 287/2002-SSSALUD, este Organismo aprobó el Plan de Beneficiarios Adherentes del Agente del Seguro de Salud.

Que posteriormente y frente a la sanción del marco regulatorio de la Medicina Prepaga (Ley Nº 26.682, modificatorias y reglamentarias), tramitó vía web la solicitud de inscripción de dicho Plan, en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga, otorgándosele el RNEMP PROVISORIO Nº 6-1608-7.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos toma la intervención de su competencia, no formulando objeciones a lo solicitado por la Obra Social, atento el carácter facultativo de la inscripción oportunamente otorgada en el marco de la Resolución N° 490/1990-INOS y las causales invocadas por la Entidad; sin perjuicio de advertir que el Agente del Seguro de Salud deberá continuar brindado su Plan, a aquellos beneficiarios que a la fecha de publicación de la presente, revistan en la categoría de adherentes.

Que asimismo, se procederá a dejar sin efecto la solicitud de inscripción en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga, iniciada via web por la Obra Social y por la cual se le otorgara el RNEMP PROVISORIO Nº 6-1608-7; instruyéndose a la Gerencia de Sistemas de Información a instrumentar la medida.

Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos N° 1615 de fecha 23 de Diciembre de 1996, N° 2710 de fecha 28 de Diciembre de 2012 y N° 100 de fecha 16 de Diciembre de 2015 y la Resolución Nº 147 de fecha 07 de Abril de 2016 del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

Por ello,

EL GERENTE GENERAL A CARGO DE LA SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: DÉSE de baja al Plan de Beneficiarios Adherentes de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA FIDEERA (RNOS Nº 1-0790-9), que fuera aprobado por Resolución Nº 287/2002-SSSALUD, en el marco de la Resolución N° 490/1990-INOS; debiendo mantener la cobertura de dicho Plan, respecto de aquellos beneficiarios que a la fecha de publicación de la presente, revistan en la categoría de adherentes.

ARTÍCULO 2º.- DÉJESE SIN EFECTO la solicitud de inscripción en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga, iniciada via web por el citado Agente del Seguro de Salud y por la cual se le otorgara el RNEMP PROVISORIO Nº 6-1608-7.

ARTÍCULO 3º.- INSTRÚYASE a la Gerencia de Sistemas de Información a instrumentar la medida dispuesta en el ARTÍCULO que antecede.

ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, pase a la Gerencia de Sistemas de Información y a la Coordinación de Registros de Obras Sociales y Entidades de Medicina Prepaga, para la intervención de sus respectivas competencias y oportunamente, archívese. — E/E Sandro Taricco.

e. 07/06/2017 N° 38805/17 v. 07/06/2017

Fecha de publicación 07/06/2017