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6 de Julio de 2000

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Primera sección


MINISTERIO DE SALUD

Decisión Administrativa 365/2017

Adjudícase Contratación Directa por Exclusividad N° 80-0009-CDI17.

Ciudad de Buenos Aires, 08/06/2017

VISTO el EX-2017-03170584-APN-DCYC#MS, del registro del MINISTERIO DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Ministerial N° 673 de fecha 2 de junio de 2017 se aprobó el procedimiento de Contratación Directa por Exclusividad N° 80-0009-CDI17 del MINISTERIO DE SALUD, encuadrada en el artículo 25, inciso d) apartado 3 del Decreto Delegado N° 1023 de fecha 13 de agosto de 2001, sus modificatorios y complementarios, llevada a cabo para la adquisición de CINCO MIL (5.000) frascos ampollas del medicamento Palivizumab por cien (100) miligramos, solicitada por la DIRECCION NACIONAL DE MATERNIDAD, INFANCIA Y ADOLESCENCIA del MINISTERIO DE SALUD.

Que asimismo en la citada Resolución se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rigió la mencionada contratación.

Que con fecha 16 de marzo de 2017 la firma ABBVIE S.A. presentó su oferta por un monto total de PESOS OCHENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS ($ 82.785.900,00).

Que se propulsó un mecanismo de mejora de precio, mediante el cual la citada firma presentó una nueva oferta por un monto total de PESOS SETENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y UN MIL ($ 79.871.000,00).

Que analizada la oferta y obtenidos los informes pertinentes, la UNIDAD OPERATIVA de la DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del MINISTERIO DE SALUD recomienda la adjudicación de la oferta citada, considerando el cumplimiento de las bases que rigieron el llamado.

Que, en cuanto a la conveniencia de la adquisición, la COORDINACION TECNICA ADMINISTRATIVA de la SUBSECRETARIA DE PROGRAMAS DE PROMOCION, PREVENCION Y ATENCION PRIMARIA del MINISTERIO DE SALUD expuso las razones de oportunidad, mérito y conveniencia que justifican continuar con el presente trámite, contando para ello con la conformidad de la SUBSECRETARIA DE PROGRAMAS DE PROMOCION, PREVENCION Y ATENCION PRIMARIA y la SECRETARIA DE PROMOCION DE LA SALUD, PREVENCION Y CONTROL DE RIESGOS, ambas del MINISTERIO DE SALUD, y con la intervención de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la citada cartera ministerial.

Que corresponde proceder a la adjudicación de acuerdo a la citada recomendación.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL, el artículo 35, inciso b) y su Anexo, del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorios, aprobado por Decreto Nº 1344 de fecha 4 de octubre de 2007 y el artículo 9, inciso e) del Anexo del Decreto N° 1030 de fecha 15 de septiembre de 2016.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Adjudícase la Contratación Directa por Exclusividad N° 80-0009- CDI17, llevada a cabo para la adquisición de CINCO MIL (5.000) frascos ampollas del medicamentos Palivizumab por cien (100) miligramos, a favor de la firma ABBVIE S.A., por la suma total de PESOS SETENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y UN MIL ($ 79.871.000,00).

ARTÍCULO 2º.- La suma de PESOS SETENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y UN MIL ($ 79.871.000,00) se imputará con cargo a las partidas presupuestarias del MINISTERIO DE SALUD, Jurisdicción 80, Programa 17, Actividad 3, IPP 251, Fuente de Financiamiento 11 - Tesoro Nacional.

ARTÍCULO 3°.- Delégase en el MINISTRO DE SALUD la facultad para aprobar la ampliación o disminución de la presente contratación, en los términos del artículo 9 del Anexo del Decreto N° 1030/2016.

ARTÍCULO 4°.- Autorízase a la DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del MINISTERIO DE SALUD, a suscribir la pertinente orden de compra.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Marcos Peña. — Jorge Daniel Lemus.

e. 09/06/2017 N° 40351/17 v. 09/06/2017

Fecha de publicación 09/06/2017